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Subvenciones para el fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados (PAMEJ) - Convocatoria 2022

N° 9152

A través de este trámite, se podrá presentar una solicitud para acceder al Programa de Fomento de la Contratación Estable y de Calidad de Jóvenes Cualificados en el marco del II Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes-PAMEJ-2021-2023.

Este Programa busca favorecer la mejora de la empleabilidad de personas jóvenes que sean contratadas en empleos relacionados con su titulación universitaria, de formación profesional, o de formación para el empleo.

Plazo de presentación

Del 16/07/2022 al 07/11/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Las personas trabajadoras autónomas, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Las entidades privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Requisitos de personas jóvenes contratadas en la fecha de inicio de contrato:
    • Tener una edad igual o inferior a 35 años.
    • Tener una cualificación profesional en los términos siguientes:
      • Licenciada o diplomada universitaria, ingeniera o ingeniera técnico, arquitecta o arquitecta técnico, o máster.
      • Grado universitario.
      • Técnico Ciclo formativo de Grado Medio (FP I) o Técnico Superior en un Ciclo formativo de Grado Superior (FP II) de Formación Profesional Reglada.
      • Certificado de profesionalidad.
      • Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.
  • Además, las personas jóvenes contratadas deben cumplir las siguientes condiciones:
    • Figurar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las oficinas del Instituto Aragonés de Empleo al menos desde el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio de la contratación.
    • Figurar empadronada en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón con carácter previo a la fecha de inicio del contrato subvencionado.
  • Podrán ser objeto de subvención los siguientes contratos:
    • Contratos indefinidos iniciales.
    • Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional de 12 meses de duración.
    • Ambos deberán celebrarse a jornada completa.
  • Resto de requisitos ver artículo 8 de la Orden EPE/695/2022 de 19 de mayo.
  • Podrán ser objeto de subvención los siguientes contratos:
    • Contratos indefinidos iniciales.
    • Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional de 12 meses de duración.
    • Ambos deberán celebrarse a jornada completa.
  • Resto de requisitos ver artículo 8 de la Orden EPE/695/2022 de 19 de mayo.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Contrato de trabajo

    Firmado por ambas partes. Se deberá recoger entre otras cláusulas lo siguiente: -Salario bruto a remunerar -Compromiso de facilitar formación de al menos 50 horas dentro de los seis primeros meses de vigencia del contrato.

  • Certificado de Empadronamiento

    Al menos, desde la fecha anterior a la de inicio del contrato.

  • Información y consulta de datos

    Descargar modelo Información y consulta de datos

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el supuesto de contratación de mujeres de víctimas de violencia de género

  • Documentación que acredite la condición de víctima de violencia de género

    1º. Sentencia que confirme la evidencia de maltrato. 2º. Resolución judicial que hubiere acordado medidas cautelares para la protección de la víctima. 3º. Orden de protección acordada a favor de la víctima o, excepcionalmente, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios. 4º. Certificado emitido por el órgano competente acreditativo de que la beneficiaria está incorporada al Programa de Renta Activa de Inserción por su condición de víctima de la violencia de género.

En el caso de no haber aportado anteriormente las escrituras de constitución ante el INAEM

  • Escrituras de constitución

En caso de apoderamiento

  • Documento de apoderamiento

    En caso de ser necesario debe aportarse junto a la solicitud. Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Consulta de Datos de Identidad

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta

  • Consulta de Vida Laboral Últimos 12 Meses

  • Situación Laboral en Fecha Concreta

  • Títulos No Universitarios por Datos de Filiación

  • Títulos Universitarios por Datos de Filiación

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 16/07/2022 al 07/11/2022

Fuera de plazo

El plazo para la presentación de solicitudes de la correspondiente subvención será de 15 días contados desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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