Volver a Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo

Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo - Subvención financiera

N° 9705

A través de este trámite se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de subvenciones a personas emprendedoras autónomas.

Esta ayuda tiene como finalidad apoyar el autoempleo y el emprendimiento con la reducción de los intereses de los préstamos.

Plazo de presentación

Del 16/05/2024 al 30/10/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo que se hubiesen establecido como trabajadoras autónomas por cuenta propia o como miembros de una sociedad civil o comunidad de bienes y que hubiesen solicitado y obtenido un préstamo a título individual

Requisitos

  • Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
  • Los préstamos deberán formalizarse en el período comprendido entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y los doce meses posteriores.
  • Los gastos como los pagos deben estar realizados en el periodo comprendio entre los tres meses anteriores a la fecha de formalización del préstamo y los seis meses posteriores a dicha fecha
  • Los préstamos subvencionables tendrán un importe máximo de 30.000 euros.
  • El plazo mínimo de amortización será mínimo de dos años
  • El préstamo deberá destinarse a financiar inversiones en inmovilizado material e inmaterial, así como otros gastos necesarios para el inicio de la actividad.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Contrato o póliza del préstamo

  • Alta de la persona emprendedora en la mutualidad del colegio profesional

    Si procede

  • Plan de empresa

    De la actividad a desarrollar y plan financiero e inversiones

  • Informe de plan de empresa

  • Documentos pago de las facturas

  • Facturas desglosadas

    En caso de adquisición de vehículos.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En caso de apoderamiento:

  • Documento de apoderamiento

    En caso de ser necesario debe aportarse junto a la solicitud. Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm

Si no se tiene ficha de terceros con INAEM

  • Ficha de terceros con INAEM

    Se puede obtener en: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Consulta de Datos de Identidad

  • Inscrito Demandante de empleo

  • Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta

  • Consulta de subvenciones MINIMIS

Información adicional

En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución concesoria, la persona beneficiaria deberá aportar la dirección de la página web o sitio de Internet, así como una impresión de pantalla de la misma, en caso de que existiera, en la que se ha publicado una breve descripción del proyecto subvencionado de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, incluyendo sus objetivos y resultados y destacando la financiación tanto del Gobierno de Aragón, como de la Unión Europea, a través del Programa FSE+ Aragón 2021-2027. En caso de no disponer de esta herramienta de difusión, la persona beneficiaria lo manifestará mediante declaración firmada. El incumplimiento de dichas condiciones implicará la pérdida del derecho al cobro de la subvención o su reintegro, según corresponda.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 16/05/2024 al 30/10/2024

Fuera de plazo

En el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la formalización del préstamo si éste se formalizase con posterioridad al inicio de actividad. Pero si éste se hubiese formalizado con anterioridad al inicio de la actividad, se computará desde el inicio. En todo caso, los gastos y pagos de la inversión deben estar realizados en la fecha de solicitud.

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Trámites relacionados

Para el fomento del relevo generacional

Plazo pendiente de definir

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.