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Trámites relativos a productores y pequeños productores de residuos peligrosos - Modificación de actividad para productores

N° 880

A través de este trámite, las personas productoras de residuos peligrosos podrán cumplir con la obligación legal de comunicar la ampliación, modificación o traspaso de industrias o actividades de producción de residuos peligrosos superiores a 10 toneladas/año.

Con esta comunicación, el órgano ambiental competente de la Administración los inscribirá de oficio la modificación en el Registro correspondiente.

Subtipología 04C del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)

Plazo de presentación

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En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Productores de residuos peligrosos que hayan modificado las condiciones de las instalaciones o la propiedad de las mismas y deban realizar la comunicación prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Requisitos

  • Estar inscrito en el Registro de productores de residuos peligrosos.
  • Seguir produciendo más de 10 t/año de residuos peligrosos.
  • Haber cambiado la titularidad y datos de la empresa (en su caso).
  • Haber realizado modificaciones sustanciales en los procesos, producciones de residuos, etc. (en su caso).
  • La comunicación previa, que tendrá validez en todo el territorio nacional, deberá presentarse ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental con una antelación mínima de un mes antes del inicio de las actividades de las que se es objeto y permitirá, con carácter general, el inicio de la actividad una vez transcurrido el citado plazo desde su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas el Departamento competente en materia de medio ambiente (art.5 punto 2. del Decreto 133, 2013)
  • Nota aclaratoria sobre el procedimiento de "Comunicación previa de modificación de actividades de producción de residuos peligrosos":
    • En caso de que el INAGA considere necesario limitar una actuación determinada, se hará mediante resolución expresa en el plazo de 1 mes, y se abrirá un expediente del mismo procedimiento con sentido negativo.

Pago de tasas

Acorde a la Ley 7/2021, de 7 de octubre, de modificación del Texto Refundido de las Tasas de la CC AA de Aragón, este trámite requiere la AUTOLIQUIDACION y PAGO de la Tasa 28 por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente:

Tarifa 04. Inscripción de productor y pequeño productor de residuos peligrosos y sus modificaciones; cuota de 146,02 euros.

Obtención:

1º Generar y descargar documento de autoliquidación (desde enlace)

2º Pagar tasa: tarjeta, domiciliación, efectivo

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el caso de que proceda:

Información adicional

Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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