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Trámites relativos a producción de residuos que generen más de 1000 T/ año de residuos no peligrosos - Modificación de la inscripción

N° 1068

A través de este trámite, las personas productoras de residuos no peligrosos, cuando así lo exija la normativa, podrán cumplir con la obligación legal de comunicar la ampliación, modificación o traspaso de industrias o actividades de producción de residuos no peligrosos superiores a 1000 toneladas/año.

Con esta comunicación, el órgano ambiental competente de la Administración realizará de oficio la modificación de datos en el Registro correspondiente.

Subtipología 70B del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)

Plazo de presentación

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Dirigido a

  • Productores de residuos no peligrosos que hayan modificado las condiciones de las instalaciones o la propiedad de las mismas y deban realizar la comunicación prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Requisitos

  • Estar inscrito en el registro de productores de residuos no peligrosos.
  • Seguir generando más de 1000 t/año de residuos no peligrosos.
  • Haber cambiado la titularidad y datos de la empresa (en su caso).
  • Haber realizado modificaciones sustanciales en los procesos, producciones de residuos, etc (en su caso).
  • La comunicación previa, que tendrá validez en todo el territorio nacional, deberá presentarse ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental con una antelación mínima de un mes antes del inicio de las actividades de las que se es objeto y permitirá, con carácter general, el inicio de la actividad una vez transcurrido el citado plazo desde su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas el Departamento competente en materia de medio ambiente (art.5 punto 2. del Decreto 133/2013)
  • Nota aclaratoria sobre el procedimiento de "Comunicación previa de modificación de actividades que generen más de 1000 T/año de residuos no peligrosos":
    • En caso de que el INAGA considere necesario limitar una actuación determinada, se hará mediante resolución expresa en el plazo de 1 mes, y se abrirá un expediente del mismo procedimiento con sentido negativo.

Pago de tasas

Acorde a la Ley 7/2021, de 7 de octubre, de modificación del Texto Refundido de las Tasas de la CC AA de Aragón, este trámite requiere la AUTOLIQUIDACION y PAGO de la Tasa 28 por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente:

Tarifa 04. Inscripción de productores de residuos no peligrosos y sus modificaciones; cuota de 146,02 euros.

Obtención:

1º Generar y descargar documento de autoliquidación (desde enlace)

2º Pagar tasa: tarjeta, domiciliación, efectivo

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

Información adicional

Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

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