Gestión del Registro y Protectorado de Fundaciones - Presentación y depósito del Plan de actuación
N° 2348
A través de este trámite, las fundaciones podrán realizar la presentación y depósito del Plan de actuación de fundación inscrita en el Registro de Fundaciones de Aragón.
Dirigido a
- La Fundación solicitante
Requisitos
- El Patronato elaborará y remitirá al Protectorado, un plan de actuación, en el que quedarán reflejados los objetivos y las actividades que se prevean desarrollar durante el ejercicio siguiente.
- Se presentará en los últimos tres meses del ejercicio anterior.
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
El modelo de representación será necesario si se delega en un representante la actuación del procedimiento
Documento de representación
Cumplimente este documento en el caso de realizar el trámite en nombre de otra persona.
Descargar modelo Documento de representación
El modelo del plan de actuación deberá descargarse si no dispone de él
Modelo del plan de actuación
Modelo del plan de actuación del RD 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos.
Este documento deberá ir firmado electrónicamente por el/la Presidente/a y el/la Secretario/a.
Descargar modelo Modelo del plan de actuación
El modelo de certificado deberá descargarse si no se dispone de un modelo normalizado
Modelo de certificación del acuerdo del patronato
Modelo de certificado en el que se detallan los patronos que asisten a la reunión de aprobación del plan de actuación, que deberá estar firmado electrónicamente por el/la Presidente/a y el/la Secretario/a.
Descargar modelo Modelo de certificación del acuerdo del patronato
Información adicional
Para poder presentarlo telemáticamente es preciso que el certificado contenga firmas electrónicas.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Correo corporativos de Fundaciones: serviregistros@aragon.es
- Teléfono. 976 713 750
- Teléfono. 976 713 751
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y se crea el Registro de Fundaciones
Orden de 16 de abril de 1996 del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se regula el funcionamiento del Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
Orden CUD/1185/2022, de 28 de noviembre, por la que se regula el alcance de la revisión formal de las cuentas anuales y de los planes de actuación que debe realizar el Protectorado de fundaciones de competencia estatal
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones
Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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