Obtención del carné de manipulador de productos fitosanitarios
N° 1205
A través de este trámite, las personas interesadas que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán solicitar la expedición, la renovación, la convalidación y el duplicado del carné de manipulador de productos fitosanitarios en Aragón, necesario para la utilización de dichos productos.
Dirigido a
- Nivel Básico: personal auxiliar de tratamientos terrestres y aéreos, incluyendo los no agrícolas, y los agricultores que los realizan en la propia explotación sin emplear personal auxiliar y utilizando productos fitosanitarios que no sean ni generen gases tóxicos, muy tóxicos o mortales. También se expedirán para el personal auxiliar de la distribución que manipule productos fitosanitarios.
- Nivel Cualificado: Los usuarios profesionales responsables de los tratamientos terrestres, incluidos los no agrícolas, y para los agricultores que realicen tratamientos empleando personal auxiliar. También se expedirán para el personal que intervenga directamente en la venta de productos fitosanitarios de uso profesional, capacitando para proporcionar la información adecuada sobre su uso, sus riesgos para la salud y el medio ambiente y las instrucciones para mitigar dichos riesgos. El nivel cualificado no otorga capacitación para realizar tratamientos que requieran los niveles de fumigador o de piloto aplicador, especificados en las letras c) y d).
- Fumigador: aplicadores que realicen tratamientos con productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos, o mortales, o que generen gases de esta naturaleza. Para obtener el carné de fumigador será condición necesaria haber adquirido previamente la capacitación correspondiente a los niveles básico o cualificado, según lo especificado en las letras a) y b).
- Piloto aplicador: personal que realice tratamientos fitosanitarios desde o mediante aeronaves, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica que regula la concesión de licencias en el ámbito de la navegación aérea.
Requisitos
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Obtención del carné:
- Acreditar el haber superado el curso mediante certificado emitido por la entidad formadora autorizada. Podrá ser solicitado por el interesado directamente o a través de la entidad formadora autorizada en los 30 días siguientes a la celebración del curso.
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Renovación del carné:
- Acreditar haber realizado la actualización de conocimientos especificada en el Real Decreto 1311/2012 mediante la aplicación informática de renovación de los carnés fitosanitarios.
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Convalidación:
- Acreditar estar en posesión de alguno de los títulos académicos citados en el anexo II, art. 18 punto 2B del Real Decreto 1311/2012.
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Duplicado:
- En caso de sustracción o pérdida el interesado podrá solicitar un duplicado.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Justificante del pago Tasa 03, tarifa 1
En todos los casos acompañará este justificante. El servicio gestor de destino es el Centro de Sanidad y Certificación Vegetal. Necesario también en el caso de duplicado.
Formulario de solicitud
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En el caso de la obtención del carné:
Certificado emitido por la entidad de formación
Autorizada acreditativo de la superación del curso.
En el caso de renovación:
Solicitud de renovación
Certificado de aptitud
En caso de presentación online.
Cuestionario tipo test
Imprimido desde la aplicación en formato pdf. En caso de presentación presencial.
En el caso de convalidación. En caso de no disponer del título académico en el momento de presentación de esta solicitud, deberá presentar:
Justificante del pago de las tasas del título
Certificados justificativos
De haber adquirido la formación que figura en el anexo II del R.D. 1311/2012.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
El proceso de renovación solo estará habilitado 3 meses antes de la caducidad del carné de utilización de productos fitosanitarios. Dos métodos de renovación: Procedimiento Online, recomendado para una mayor fluidez del trámite y procedimiento presencial.
Se tramita en el Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal de la Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
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Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 385
- Correo electrónico. cscv.agri@aragon.es
- Página web. Centro de Sanidad y Certificación Vegetal
- Presencial. Horario oficina 9 a 14 h
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Normativa
Orden AGM/864/2020, de 4 de septiembre, por la que se modifica la Orden de 1 de abril de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en la que se establecen las normas de homologación de los cursos de capacitación para la utilización de productos fitosanitarios y los requisitos de formación de los usuarios profesionales, vendedores y personal auxiliar que manejen productos fitosanitarios.
Orden /2015, de 17 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Rural sostenibilidad, de 2015, por la que se establece el sistema de habilitación de los carnés para la utilización de productos fitosanitarios actualmente en vigor, expedidos al amparo de la Orden de 8 de marzo de 1994 del Ministerio de la Presidencia
Orden /2013, de 1 de abril, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de 2013, por la que se establecen las normas de homologación de los cursos de capacitación para la utilización de productos fitosanitarios y los requisitos de formación de los usuarios profesionales, vendedores y personal auxiliar que manejen productos fitosanitarios
Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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