Notificación de la exención de efectuar las auditorías de la organización preventiva
N° 1470
A través de este trámite, las empresas de hasta 50 trabajadores que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán notificar a la autoridad competente la exención de efectuar auditorías del sistema de prevención de riesgos laborales en su empresa.
Dirigido a
- Empresas que reúnan los requisitos establecidos en la normativa indicada.
Requisitos
- Que desarrollen las actividades preventivas con recursos propios.
- En las que la eficacia del sistema preventivo resulte evidente sin necesidad de recurrir a una auditoría por el limitado número de personal y la escasa complejidad de las actividades preventivas.
- Que tengan hasta 50 trabajadores/as.
- Cuyas actividades no estén incluidas en el anexo I del Real Decreto 39/1997
Documentación
Presentar en todos los casos:
Evaluación de riesgos
Última evaluación de riesgos realizada en la empresa.
Concierto con servicio prevención ajeno, especialidad medicina del trabajo
Concierto con el servicio de prevención ajeno que lleva a cabo las actividades de medicina del trabajo (vigilancia de la salud) del personal de la empresa.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si la prevención en la empresa es asumida por el empresario/a:
Formación del empresario/a en prevención de riesgos laborales
Certificado de formación que acredite la cualificación del titular de la empresa para el desempeño de la actividad preventiva en la misma.
Concierto de formación del personal de la empresa
Si la formación en prevención de riesgos laborales del titular de la empresa es básica, deberá aportar concierto con servicio de prevención ajeno para realizar las actividades de formación del personal de la empresa. Esta actividades están reservadas para técnicos de nivel intermedio o superior en prevención de riesgos laborales.
Si la prevención en la empresa es asumida por trabajador/a designado/a:
Designación del trabajador/a
Escrito con declaración expresa de la designación del trabajador/a.
Formación del trabajador/a designado/a en prevención de riesgos laborales
Certificado de formación que acredite la cualificación del trabajador/a designado/a para el desempeño de la actividad preventiva en la misma.
Concierto de formación del personal de la empresa
Si la formación en prevención de riesgos laborales del trabajador/a designado/a es básica, deberá aportar concierto con servicio de prevención ajeno para realizar las actividades de formación del personal de la empresa. Esta actividades están reservadas para técnicos de nivel intermedio o superior en prevención de riesgos laborales.
Información adicional
Subsanación:
Nos pondremos en contacto contigo si la solicitud está incompleta o si necesitamos alguna aclaración. Tras la notificación, tendrás un plazo de 10 días para resolver los problemas de tu solicitud. Te daremos las indicaciones necesarias sobre cómo hacerlo.
Silencio positivo:
La empresa no tendrá que acudir a la auditoría desde el momento en que notifique que cumple las condiciones necesarias para tener este beneficio.
Resolución negativa:
Si la autoridad laboral considera que no se cumplen los requisitos emitirá una resolución negativa, teniendo por tanto la empresa obligación de someterse a la auditoría.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 669
- Correo electrónico. issla@aragon.es
- Cita previa. Teléfono 976716669
- Cita previa. Horario 9:00h-14:00h
- Presencial. Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral
- Otros canales. Bernardino Ramazzini, 5
- Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
- Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
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- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
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- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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