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Gestión del Registro y Protectorado de Fundaciones - Inscripción de modificaciones del Patronato

N° 308

A través de este trámite, las fundaciones podrán inscribir el nombramiento o cese de los miembros de su Patronato en el Registro General de Fundaciones de Aragón. Asimismo, podrán inscribir la distribución de cargos en la composición del mismo, la designación o cese del/de la secretario/a no patrono así como los cambios en representante de los/las patronos personas jurídicas.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Fundaciones

Requisitos

  • Producirse la modificación en la forma prevista en los estatutos y conforme los artículos 15 y 18 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre de Fundaciones.

Pago de tasas

Tasa 23. Tarifa 3. Por expediente de modificación de estatutos, inscripción de centros, delegaciones, secciones o filiales, modificaciones de la composición de sus órganos de gobierno y demás actos inscribibles a solicitud de los interesados

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Justificante del pago de la tasa

    Justificante del pago de la tasa administrativa correspondiente (tasa 23, tarifa 3)

    La tasa puede abonarse mediante pago con tarjeta y cargo en cuenta. En caso de realizar el pago a través de una entidad bancaria colaboradora u oficina de correos deberá imprimir el formulario del modelo de pago de la tasa.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el supuesto de nombramiento, reelección o cese de patronos:

  • Certificado del acuerdo o documento de nombramiento o cese

    Certificado del acuerdo del Patronato expedido por el /la secretario/a con el visto bueno del /de la presidente/a donde conste la designación o cese del/la Patrono o documento de nombramiento o cese.

    Debe incluirse el domicilio en el caso de nuevos/as Patronos

  • Acreditación del cumplimiento de requisitos

    En su caso, documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos estatutarios.

  • Aceptación formal o renuncia al cargo

    La aceptación o renuncia formal al cargo se acreditará mediante cualquiera de las siguientes fórmulas: Documento público; Documento privado con firma legitimada ante notario; Certificación con firma legitimada por notario en el caso de aceptación o renuncia realizada ante el Patronato. Asimismo, podrá producirse la aceptación o renuncia formal mediante comparecencia ante el Registro de Fundaciones (podrá indicarse esta opción en el espacio habilitado en esta tramitación electrónica).

En el supuesto de distribución de cargos en la composición del Patronato:

  • Certificado del acuerdo del Patronato

    Certificado del acuerdo del Patronato de distribución de cargos con firma del/de la secretario/a y visto bueno del presidente/a con firma electrónica. En caso de que por disposición estatutaria la distribución de cargos la realice otro órgano, se acompañará el documento justificativo correspondiente.

En el supuesto de designación / cese del/de la secretario/a no patrono:

  • Certificado del acuerdo de Patronato o documento de nombramiento o cese

    Certificado del acuerdo o documento de nombramiento o cese donde conste la designación del secretario/a no patrono. Debe incluir el domicilio.

  • Aceptación del nombramiento

  • Acreditación cumplimiento requisitos

    En su caso, documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos estatutarios.

En el supuesto de cambios de representante de patronos personas jurídicas:

  • Certificado del acuerdo

    Certificado del acuerdo o documento de nombramiento o cese donde conste la designación de la persona representante del patrono, emitido por el órgano competente del patrono persona jurídica. Debe incluir el domicilio

  • Aceptación nombramiento

    Aceptación del nombramiento como representante

  • Acreditación cumplimiento requisitos

    En su caso, documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos de nombramiento.

Si se realiza la presentación en nombre de otra persona

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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