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Gestión del Registro y Protectorado de Fundaciones - Inscripción de fundación

N° 306

A través de este trámite, las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Aragón podrán inscribirse en el Registro General de Fundaciones de Aragón. La inscripción en el Registro de Fundaciones tiene carácter constitutivo. A través de este trámite, se pueden solicitar las siguientes actuaciones:

-Inscripción de nueva fundación

-Adaptación de estatutos de fundaciones no inscritas en Aragón y existentes con anterioridad a 1 de mayo de 1995

-Cambio de Registro por otro ámbito territorial

-Apertura de delegación en Aragón

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Colectividades genéricas de personas

Requisitos

  • Pueden constituir fundaciones las personas físicas y las personas jurídicas, sean éstas públicas o privadas.
  • La solicitud de inscripción de nueva fundación se realizará preferentemente de manera telemática, pudiéndose presentar también en formato papel. Sin embargo, el resto de actuaciones que se pueden realizar a través de este trámite (adaptación estatutos, cambio de Registro o apertura de delegación) sólo podrán realizarse telemáticamente a través del enlace recogido en este tramitador

Pago de tasas

Tasa 23. Tarifa 2. Por expediente de inscripción de asociaciones, fundaciones, colegios profesionales y consejos de colegios.

La tasa puede abonarse mediante pago con tarjeta y cargo en cuenta. En caso de realizar el pago a través de una entidad bancaria colaboradora u oficina de correos deberá imprimir el formulario del modelo de pago de la tasa.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Escritura de constitución

    En el caso de inscripción de una nueva Fundación, se podrá autorizar al Protectorado de Fundaciones (Dirección General de Interior y Emergencias) a solicitar a la Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón la escritura de constitución de la Fundación en formato electrónico. Para ello, deberá marcarse la casilla prevista a tal efecto en el tramitador electrónico de presentación de la solicitud de inscripción.

    En caso de que no se autorice esta consulta, deberá presentarse copia autorizada de la escritura de constitución de la Fundación en formato electrónico.

    Si la dotación desembolsada es inferior a 30.000 euros, deberá aportarse el primer plan de actuación y plan de viabilidad.

  • Acreditación domicilio

    Justificación del domicilio de la fundación.

  • Tasas administrativa

    Justificante del pago de tasa administrativa correspondiente.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

El modelo de representación será necesario si se delega en un representante la actuación del procedimiento

En el supuesto de solicitud de inscripción de apertura de una delegación en Aragón , será necesario presentar la escritura de elevación a público del acuerdo de apertura de la delegación así como el certificado del Registro de Fundaciones de origen en el que consten los datos de la Fundación

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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