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Grúas torre para obras u otras aplicaciones - Comunicación de puesta en servicio.

N° 1318

A través de este trámite, se podrá comunicar a la autoridad competente la puesta en servicio de grúas torre para obras u otras aplicaciones.

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Dirigido a

  • Empresa instaladora: persona física o jurídica que realiza el montaje y desmontaje de la grúa torre. Será quien comunique a la Administración la puesta en servicio.

Requisitos

  • Grúas torre de más de 15 kN.m de momento nominal, movidas mecánicamente, destinadas a la elevación y distribución de materiales, tanto en obras como en otras aplicaciones.
  • El montaje será realizado por empresa instaladora habilitada o por el propio fabricante de la grúa
  • Se consideran modificaciones esenciales en grúas instaladas las que afectan a los siguientes extremos: (No se permitirán modificaciones esenciales no previstas por el fabricante de la grúa)
    • Alcance.
    • Altura de montaje.
    • Diagrama de cargas y alcances.
    • Composiciones del mástil, pluma o contrapluma.
    • Cables (tipo o diámetro).
    • Masas de lastre y de contrapeso.
    • Velocidades.
    • Elementos de seguridad.

Pago de tasas

Modelo 514. Apartado 1.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Proyecto

    Proyecto suscrito por técnico titulado competente, realizado de acuerdo con lo expresado en cuanto a condiciones de instalación en la norma UNE 58101-2 y con el contenido mínimo establecido en el Anexo II de la ITC MIE-AEM-2.

    No se exigirá un nuevo proyecto cuando una misma grúa se desplace dentro de la misma obra y siempre que no se modifiquen sus condiciones de montaje e instalación ni las características del terreno.

    En el caso de grúas desplegables tipo monobloc cuyo momento nominal esté comprendido entre 15 kN.m y 170 kN.m, el proyecto podrá ser sustituido por el Certificado de instalación.

  • Certificado de instalación

    Emitido y firmado por el técnico titulado competente de la empresa instaladora.

  • Informe de inspección de la grúa antes del montaje

    Emitido por un organismo de control en el que se acredite su correcto estado y la idoneidad de la documentación. Se realizará, antes del montaje, una inspección de todos los elementos de la grúa.

    En el caso de grúas autodesplegables del tipo monobloc cuyo momento nominal se encuentre comprendido entre 15 kN.m y 170 kN.m, solamente se realizarán las inspecciones cada dos años, independientemente del número de montajes realizados en dicho período.

  • Informe de inspección de la grúa torre una vez finalizado el montaje

    Emitido por un organismo de control en el que se acredite su correcto estado y la idoneidad de la documentación. Se realizará, una vez finalizado el montaje, una inspección de todos los elementos de la grúa.

    En el caso de grúas autodesplegables del tipo monobloc cuyo momento nominal se encuentre comprendido entre 15 kN.m y 170 kN.m, solamente se realizarán las inspecciones cada dos años, independientemente del número de montajes realizados en dicho período.

  • Documento firmado por la empresa instaladora y por el usuario

    En el que la empresa instaladora acredite que se cumplen las condiciones de instalación de la norma UNE 58101-2, que se ha hecho entrega de la grúa al usuario después de comprobar en presencia de éste y del gruista el correcto funcionamiento de los dispositivos de seguridad y que se ha entregado el manual de instrucciones de utilización.

  • Contrato de mantenimiento

    Contrato suscrito con una empresa conservadora habilitada

  • Declaración CE de conformidad

    O, en su caso, certificación del cumplimiento de las disposiciones adicionales primera o segunda del Real Decreto 836/2003, de 27 de junio.

  • Certificación de elementos mecánicos o estructurales incorporados a la grúa

    Cuando proceda, certificados emitidos por el propio fabricante de la grúa en caso de haber sido fabricados por éste Cuando el fabricante no sea el inicial de la grúa, se sustituirá por un certificado de idoneidad y compatibilidad emitido por un organismo de control.

  • Justificante del pago de la tasa

    Formulario de autoliquidación Modelo 514. apartado 1. No requerido cuando los trámites se realicen a través de Organismos de Control habilitados

    o Tarifa 2.1. Tramitación de instalaciones sin proyecto

    o Tarifa 2.2. Tramitación de instalaciones con Proyecto

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
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  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

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Subsanación

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