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Grúas torre para obras u otras aplicaciones - Comunicación de baja

N° 9638

A través de este trámite, se podrá comunicar a la autoridad competente la baja de grúas torre para obras u otras aplicaciones

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Dirigido a

  • Titular o usuario: Persona física o jurídica que utiliza la grúa, en calidad de propietario o arrendatario legal, que es responsable de su utilización y custodia, así como de que se realice el adecuado mantenimiento. Será quien comunique a la Administración la baja de la grúa torre.

Requisitos

  • Grúas torre de más de 15 kN.m de momento nominal, movidas mecánicamente, destinadas a la elevación y distribución de materiales, tanto en obras como en otras aplicaciones.
  • El montaje será realizado por empresa instaladora habilitada o por el propio fabricante de la grúa
  • Se consideran modificaciones esenciales en grúas instaladas las que afectan a los siguientes extremos: (No se permitirán modificaciones esenciales no previstas por el fabricante de la grúa)
    • Alcance.
    • Altura de montaje.
    • Diagrama de cargas y alcances.
    • Composiciones del mástil, pluma o contrapluma.
    • Cables (tipo o diámetro).
    • Masas de lastre y de contrapeso.
    • Velocidades.
    • Elementos de seguridad.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acreditación de la titularidad de la instalación

    Documento que acredite la titularidad de la instalación

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

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Documentos y enlaces de interés

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Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
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Presencial

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