Grúas torre para obras u otras aplicaciones - Comunicación de baja
N° 9638
A través de este trámite, se podrá comunicar a la autoridad competente la baja de grúas torre para obras u otras aplicaciones
Dirigido a
- Titular o usuario: Persona física o jurídica que utiliza la grúa, en calidad de propietario o arrendatario legal, que es responsable de su utilización y custodia, así como de que se realice el adecuado mantenimiento. Será quien comunique a la Administración la baja de la grúa torre.
Requisitos
- Grúas torre de más de 15 kN.m de momento nominal, movidas mecánicamente, destinadas a la elevación y distribución de materiales, tanto en obras como en otras aplicaciones.
- El montaje será realizado por empresa instaladora habilitada o por el propio fabricante de la grúa
-
Se consideran modificaciones esenciales en grúas instaladas las que afectan a los siguientes extremos: (No se permitirán modificaciones esenciales no previstas por el fabricante de la grúa)
- Alcance.
- Altura de montaje.
- Diagrama de cargas y alcances.
- Composiciones del mástil, pluma o contrapluma.
- Cables (tipo o diámetro).
- Masas de lastre y de contrapeso.
- Velocidades.
- Elementos de seguridad.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Acreditación de la titularidad de la instalación
Documento que acredite la titularidad de la instalación
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
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Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
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Presencial
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- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN
Normativa
Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos
Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-2" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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