Gestión del Registro y Protectorado de Fundaciones - Inscripción de fundación
N° 306
A través de este trámite, las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Aragón podrán inscribirse en el Registro General de Fundaciones de Aragón. La inscripción en el Registro de Fundaciones tiene carácter constitutivo. A través de este trámite, se pueden solicitar las siguientes actuaciones:
-Inscripción de nueva fundación
-Adaptación de estatutos de fundaciones no inscritas en Aragón y existentes con anterioridad a 1 de mayo de 1995
-Cambio de Registro por otro ámbito territorial
-Apertura de delegación en Aragón
Dirigido a
- Colectividades genéricas de personas
Requisitos
- Pueden constituir fundaciones las personas físicas y las personas jurídicas, sean éstas públicas o privadas.
- La solicitud de inscripción de nueva fundación se realizará preferentemente de manera telemática, pudiéndose presentar también en formato papel. Sin embargo, el resto de actuaciones que se pueden realizar a través de este trámite (adaptación estatutos, cambio de Registro o apertura de delegación) sólo podrán realizarse telemáticamente a través del enlace recogido en este tramitador
Pago de tasas
Tasa 23. Tarifa 2. Por expediente de inscripción de asociaciones, fundaciones, colegios profesionales y consejos de colegios.
La tasa puede abonarse mediante pago con tarjeta y cargo en cuenta. En caso de realizar el pago a través de una entidad bancaria colaboradora u oficina de correos deberá imprimir el formulario del modelo de pago de la tasa.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Escritura de constitución
En el caso de inscripción de una nueva Fundación, se podrá autorizar al Protectorado de Fundaciones (Dirección General de Interior y Emergencias) a solicitar a la Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón la escritura de constitución de la Fundación en formato electrónico. Para ello, deberá marcarse la casilla prevista a tal efecto en el tramitador electrónico de presentación de la solicitud de inscripción.
En caso de que no se autorice esta consulta, deberá presentarse copia autorizada de la escritura de constitución de la Fundación en formato electrónico.
Si la dotación desembolsada es inferior a 30.000 euros, deberá aportarse el primer plan de actuación y plan de viabilidad.
Acreditación domicilio
Justificación del domicilio de la fundación.
Tasas administrativa
Justificante del pago de tasa administrativa correspondiente.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
El modelo de representación será necesario si se delega en un representante la actuación del procedimiento
Modelo de representación
Cumplimente el formulario en caso de que realice el trámite en nombre de otra persona.
Descargar modelo Modelo de representación
En el supuesto de solicitud de inscripción de apertura de una delegación en Aragón , será necesario presentar la escritura de elevación a público del acuerdo de apertura de la delegación así como el certificado del Registro de Fundaciones de origen en el que consten los datos de la Fundación
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Correo corporativos de Fundaciones: serviregistros@aragon.es
- Teléfono. 976 714 390
- Correo electrónico. serviregistros@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y se crea el Registro de Fundaciones
Orden de 16 de abril de 1996 del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se regula el funcionamiento del Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones
Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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