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Gestión del Registro de directores facultativos de actividades mineras - Baja
N° 2372
A través de este trámite, se podrá solicitar la baja de directores facultativos de actividades mineras en el Registro de Directores Facultativos de Actividades Mineras.
Dirigido a
- Directores Facultativos en centros de trabajo que desarrollen cualquier tipo de actividad comprendida dentro de la Ley 22/1973, de Minas, así como en el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
- Empresario de la explotación o actividad: En caso de fuerza mayor
Requisitos
- El/la directora/a facultativo/a, o su representante, debe presentar electrónicamente, en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, comunicación de baja en Registro de Directores Facultativos de Actividades Mineras.
- Se debe declarar que se ha comunicado la renuncia a la dirección facultativa del centro de trabajo ante la empresa concesionaria, autorizada a su explotación, o propietaria del mismo.
- Se debe indicar la fecha desde la que será efectivo el cese de su actividad como director/a facultativo/a de dicho centro de trabajo.
Documentación
No es necesario aportar documentos adicionales al realizar este trámite
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesDocumento de identidad
Datos de identidad de la persona interesada y, en su caso, de su representante.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La renuncia de una dirección facultativa deberá comunicarse por escrito, con diez días hábiles de antelación, a la Autoridad Minera y al empresario del centro de trabajo. Dentro de ese plazo, el empresario deberá comunicar a la Autoridad Minera la designación de una nueva dirección facultativa.
En caso de cese de una dirección facultativa por causa de fuerza mayor, el empresario dispondrá de un plazo de diez días desde el hecho causante de tal cese para comunicar a la Autoridad Minera la designación de una nueva dirección facultativa.
La comunicación de baja permite el cese del ejercicio de la dirección facultativa en el centro de trabajo desde la fecha de baja indicada en la comunicación.
Dirección facultativa: es el técnico competente y la persona que se hace cargo de los aspectos de seguridad de la actividad mediante la supervisión del funcionamiento de los lugares de trabajo de un centro de trabajo, designado por el empresario para llevar a cabo las funciones previstas en el apartado 3.3 de la ITC 02.0.01 «Dirección Facultativa».
La Autoridad Minera dará de baja a la dirección facultativa en un Registro de carácter autonómico, el cual recogerá la identificación de los centros de trabajo donde desempeñe la dirección facultativa y fecha de alta. La Autoridad Minera remitirá dicho registro al Ministerio a fin de cumplimentar un Registro de carácter estatal.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976714085; 974293080; 978641226
- Correo electrónico. spzindminas@aragon.es; minas.huesca@aragon.es; stminas@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Normativa
Orden TED/252/2020, de 6 de marzo, por la que se modifican las Instrucciones Técnicas Complementarias 02.0.01 Directores Facultativos y 02.1.01 Documento sobre Seguridad y Salud, y por la que se deroga la Instrucción Técnica Complementaria 09.0.10 personal de montaje, explotación y mantenimiento», del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RGNBSM).
Orden TED/252/2020, de 6 de marzo, por la que se modifican las Instrucciones Técnicas Complementarias 02.0.01 Directores Facultativos y 02.1.01 Documento sobre Seguridad y Salud, y por la que se deroga la Instrucción Técnica Complementaria 09.0.10 personal de montaje, explotación y mantenimiento, del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
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