Gestión de planes urbanísticos - Plan general de ordenación urbana (aprobación definitiva o revisión)
N° 189
A través de este trámite, los municipios aragonesas podrán solicitar, a los Consejos Provinciales de Urbanismo, la aprobación definitiva de un Plan general de ordenación urbana o la revisión del mismo.
Dirigido a
- Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón
Requisitos
- Los establecidos en la Ley de Urbanismo de Aragón.
- Aprobación provisional del Plan general de ordenación urbana por el ayuntamiento en pleno.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Expediente municipal
Expediente municipal completo formulado por el ayuntamiento correspondiente.
Informes sectoriales preceptivos
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Documentación técnica
Memoria descriptiva y justificativa
Planos de información y de ordenación urbanística
Catálogos urbanísticos
Normas urbanísticas
Estudio económico
Estudio que analice el impacto de la actuación en las haciendas públicas.
Documentación ambiental
Estudio ambiental estratégico o declaración ambiental estratégica, según proceda.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioPresentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
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Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9:00 a 14:00 horas. 976 714 532
- Correo electrónico. Dirección General de Urbanismo. dgurbanismo@aragon.es
- Presencial. De 9:00 a 14:00 horas. Dirección General de Urbanismo. Avda. Ranillas, 3A, planta 2ª, oficina J. 50018. Zaragoza
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Normativa
Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios
Decreto 78/2017, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Normativa Técnica de Planeamiento (NOTEPA)
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana
Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
4 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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