Volver a Gestión de acciones relativas al patrimonio agrario en Aragón 

Gestión de acciones relativas al patrimonio agrario en Aragón  - Subrogación en la adjudicación de bienes

N° 994

A través de este trámite se presenta una subrogación en el acceso diferido a la propiedad de los bienes del patrimonio agrario. De esta manera, se nombrará a una nueva persona que sustituya a la anterior para hacerse cargo de los derechos y deberes en el acceso diferido a la propiedad.

Se entiende por periodo de acceso diferido a la propiedad el tiempo transcurrido desde la adjudicación de los bienes hasta la consolidación definitiva de su pleno dominio a favor de la persona adjudicataria. Durante dicho periodo, el adjudicatario gozará de la posesión y el usufructo de los bienes adjudicados con los derechos y obligaciones que establece la normativa.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • La persona debe haber sido designada fehacientemente por el titular-adjudicatario. En su defecto el orden será:
    • Cónyuge o persona que con él hubiera convivido maritalmente (últimos 5 años).
    • Los hijos o descendientes colaboradores de la explotación.
    • Hijos o descendientes del cónyuge colaboradores de la explotación.
    • Los colaboradores de la explotación por orden de antigüedad.
    • Los hijos o descendientes del adjudicatario no colaboradores.

Requisitos

  • Adjudicatario-titular fallecido, jubilado o declarado con incapacidad laboral permanente.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud

    En la que deberá expresar la persona que se designa, bien por testamento o por el actual titular-adjudicatario.

  • Certificación catastral sobre bienes rústicos

    Que posea el titular designado.

  • Nota simple del Registro de la propiedad

    Sobre bienes rústicos que posea el titular designado.

  • Copia de las dos últimas declaraciones de renta (IRPF)

  • Certificado acreditación pertenencia régimen agrario de Seguridad Social

  • Documento acreditativo de jubilación

    En su caso.

  • Documento acreditativo de incapacidad laboral permanente

    En su caso.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En los casos de defunción

  • Certificado de defunción

  • Certificado de últimas voluntades

  • Copia del testamento

    Si lo hay.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Se tramita en los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio ambiente.

Más información en: Servicio de Infraestructuras Rurales de la Dirección General de Desarrollo Rural.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

Consultar documentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

¿Cómo realizar este trámite?

Ver el vídeo

Trámites relacionados

Transmisiones de bienes

En plazo permanente

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.