Gestión de acciones relativas a núcleos zoológicos - Autorización específica para núcleos zoológicos itinerantes o temporales
N° 1134
A través de este trámite, las personas titulares de núcleos zoológicos itinerantes o temporales (circos, exposiciones zoológicas, certámenes feriales con animales, etc.) que estén en posesión de una autorización de similares características otorgada por otra comunidad autónoma o por un estado miembro de la Unión Europea, y así lo acrediten documentalmente, podrán solicitar a la Administración aragonesa la autorización específica necesaria para su funcionamiento temporal en Aragón.
Dirigido a
- Titulares de núcleos zoológicos itinerantes o temporales que estén en posesión de una autorización de similares características otorgada por otra comunidad autónoma o por un estado miembro de la Unión Europea y así lo acrediten documentalmente
Requisitos
-
Los titulares de un núcleo zoológico itinerante deben cumplir las siguientes condiciones para la autorización (artículo 20 del Decreto 181/2009) que:
- Disponer de instalaciones y medios adecuados para garantizar el bienestar de los animales
- Contar con un sistema de limpieza y desinfección con productos biodegradables.
- Tener un sistema de eliminación de residuos, tanto sólidos como líquidos.
- Contar con la documentación acreditativa del origen de los animales y de la titularidad o posesión de los mismos.
- Estar en posesión de los documentos sanitarios pertinentes y de los certificados de movimientos de los animales. En el caso de animales sujetos al Convenio CITES, se exigirá además la documentación específica y la constancia del cumplimiento de los acuerdos del citado Convenio.
- Disponer de un veterinario responsable del control sanitario de los animales
- Contar con autorización de uso de subproductos animales no destinados al consumo humano, en caso de que se utilicen subproductos animales en la alimentación animal.
- Exponer en la solicitud objeto, emplazamiento y duración prevista del mismo en el territorio de Aragón.
-
En el caso de núcleos zoológicos que tengan la consideración de espectáculos públicos:
- El Departamento competente en dicha materia comunicará con suficiente antelación a los Servicios Provinciales competentes en materia de ganadería, los emplazamientos y tiempos de estancia previstos para aquellos en el territorio de Aragón
- La referida autorización caducará una vez transcurrido el período para el cual fue concedida.
- La exhibición de los animales en estos núcleos zoológicos no superará las doce horas diarias.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Formulario de solicitud
Documento acreditativo del representante
En caso de ser persona jurídica autorización del representante
Copia de la autorización municipal
Declaración sistemas de eliminación de residuos y subproductos
Autorización uso de SANDACH
En caso de su utilización en la alimentación de los animales.
Copia de la documentación acreditativa del origen de los animales
y de la titularidad o posesión de los mismos.
Copia de la documentación sanitaria
Certificados sanitarios, documentación CITES, etc, que ampara a los animales del núcleo zoológico itinerante.
Contrato y programa sanitario de su servicios veterinarios
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Se tramita en los Servicios Provinciales (Unidades de recursos ganaderos)
Coordina: Servicio de Sanidad Trazabilidad y Bienestar Animal (Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente)
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 774
- Correo electrónico. tramites.agma.srg@aragon.es
- Página web. Servicios Provinciales y Oficinas Comarcales Agroambientales
- Presencial. Horario oficina De 9 a 14 horas
- Teléfono. 976 714 774
- Correo electrónico. Servicio de Sanidad, Trazabilidad y Bienestar Animal tramites.agma.srg@aragon.es
- Página web. Servicios Provinciales y Oficinas Comarcales Agroambientales
- Teléfono. Servicio Provincial de Huesca 974 293 094
- Teléfono. Servicio Provincial Teruel 978 641 171
- Teléfono. Servicio Provincial Zaragoza 976 714 846
- Presencial. Horario 9 a 14h.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
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- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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