Explotación y mantenimiento de las instalaciones de transporte por cable - Aplazamiento de la Revisión Extraordinaria un año (Régimen Flexible COVID)
N° 5429
Excepcionalmente y por motivo de la pandemia COVID con respecto a las revisiones extraordinarias de las instalaciones de transporte por cable, podrán acogerse de forma voluntaria al aplazamiento de un año de la revisión extraordinaria, si cumplen los requisitos específicos establecidos al efecto..
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Requisitos
- Para el 2021. Las Estaciones que tuviesen alguna instalación que fuese objeto de revisión extraordinaria ordinaria en éste año, podrán aplazar su revisión a 2022, si cumplen simultáneamente: 1.- El número de horas de funcionamiento de la misma, entre el 14 de marzo de 2020 y el 9 de mayo de 2021, hubiese sido inferior a 1/3 de una temporada media de las anteriores tres temporadas ; 2.- Las horas de funcionamiento de la instalación, incluido el año de aplazamiento, no supere lo indicado en la EN 1709; 3.- No presente patologías en los constituyentes objeto de control, que lo desaconseje.
- Para el 2022. Las Estaciones que tuviesen alguna instalación que fuese objeto de revisión extraordinaria ordinaria en éste año, podrán aplazar su revisión al 2023 cuando hubiese incrementado la carga de trabajo relacionada con la revisiones extraordinarias, con respecto al que le correspondería con carácter ordinario, como consecuencia de la adopción en el 2021 de alguna de las medidas del régimen de flexibilización y cumplan simultáneamente: 1.- Las condiciones indicadas para el 2021; 2.- La Edad de la instalación, no debe superar los 30 años.
- Para el 2023. Las Estaciones que tuviesen alguna instalación que fuese objeto de revisión extraordinaria ordinaria en éste año, podrán aplazar su revisión al 2024, cuando hubiese incrementado la carga de trabajo relacionada con la revisiones extraordinarias, con respecto al que le correspondería con carácter ordinario, como consecuencia de la adopción en el 2022 de alguna de las medidas del régimen de flexibilización y cumplan simultáneamente: 1.- Las condiciones indicadas para el 2021; 2.- La Edad de la instalación, no debe superar los 25 años.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Declaración Responsable
Formulario para cumplimentar la Declaración Responsable sobre el estado de la instalación, de la que se desea pedir el aplazamiento de su revisión extraordinaria en un año.
Descargar modelo Declaración Responsable
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 550
- Correo electrónico. dgtransportes@aragon.es
- Otros canales. Horario de teléfono 9:00 - 14:00
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Decreto 279/2003, de 4 de noviembre, Procedimientos técnicos de explotación y mantenimiento de las instalaciones de transporte por cable en las estaciones de esquí y de montaña
Decreto 83/2021, de 30 de junio, por el que se modifica el régimen de revisiones extraordinarias previstas en el Decreto 279/2003, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos técnicos de explotación y mantenimiento de las instalaciones de transporte por cable en las estaciones de esquí y montaña
Orden Ministerial /1998, de 14 de enero, Orden de 14 de enero de 1998 por la que se aprueba el pliego de condiciones técnicas para la construcción y explotación de las instalaciones de teleféricos y funiculares para transporte de viajeros.
Reglamento 424/2016, de 9 de marzo, relativo a las instalaciones de transporte por cable y por el que se deroga la Directiva 2000/9/CE
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Tal y como se indica en el art.9 del Decreto 279/2003, el plazo para la presentación será hasta la finalización del trámite de audiencia, que se celebrará dentro del primer trimestre de cada año
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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