ERTES de fuerza mayor (COVID) - Solicitud de constatación
N° 2333
A través de este trámite desde el 27 de junio, con motivo de la publicación en el BOE del RD 24/20, no pueden presentarse expedientes en base al artículo 22 del RD Ley 8/2020.
Dirigido a
- Empresas
- Personas trabajadoras
Requisitos
- Causa de fuerza mayor derivada del estado de alarma debido al COVID-19.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Representación
Acreditación de representación legal.
Informe de pérdida de actividad
Informe relativo a la vinculación de la pérdida de actividad como consecuencia del COVID-19.
Documentación acreditativa
Los medios de prueba que estime necesarios.
Documento de comunicación a los/as representantes de los trabajadores/as
Comunicación a los representantes de los trabajadores de la documentación anterior, y de no existir, comunicación de la existencia de la solicitud a los trabajadores.
Decisión empresarial
Posteriormente a serle notificada la resolución aprobatoria de constatación de la existencia de la fuerza mayor, deberá presentar la decisión empresarial, y en su caso, el calendario de aplicación de las medidas.
Relación de personas trabajadoras afectadas
Descargar modelo Relación de personas trabajadoras afectadas
Información adicional
Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.
Documentos y enlaces de interés
- Más información del procedimiento de regulación de empleo por estado de alarma
- Más información sobre regulación de empleo en Aragón
- Si quiere iniciar un ERTE que no sea de fuerza mayor sino por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, este es el tramite adecuado
- Información sobre ampliación de plazos máximos de resolución y notificación
- Consulte nº de expediente ERTE. El número de expediente ERTE se deberá comunicar al Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) para tramitar las prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados
- Si quiere solicitar la renuncia total al ERTE de fuerza mayor ya presentado
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Zaragoza. trabajo@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Zaragoza. Paseo Fernando el Católico, 63-65. 50006
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 017
- Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Huesca. Ricardo del Arco,6, 2ª planta. 22071
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 182
- Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Teruel. San Francisco, 1, 1ª planta. 44001
- Correo electrónico. rrll.trabajo@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Normativa
Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 01/06/2020 al 27/06/2020
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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