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Declaraciones obligatorias de los operadores (compradores y productores) de leche de vaca, oveja y cabra - Tramitación

N° 1709

Plazo de presentación

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Requisitos

  • Todos los primeros compradores de leche de vaca, oveja y cabra deberán estar inscritas en el registro de compradores establecidos al efecto. La inscripción se realizará mediante la remisión a la Dirección General de Producción Agraria de la solicitud de inscripción en el registro, antes del inicio de la actividad, que contendrá como mínimo los datos incluidos del anexo I.
  • Todos los compradores de leche cruda de vaca, oveja y cabra quedan obligados a presentar ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma donde esté ubicada su sede social, hasta el día 20 inclusive de cada mes, una declaración, mediante los procedimientos informáticos que a tal fin sean establecidos por el mismo, donde se contabilicen todas las cantidades de leche cruda suministradas por los productores y, en su caso, las compradas a otros operadores, y las cantidades de leche no transformadas vendidas con indicación del importe correspondiente, en el mes inmediatamente anterior. Dicha declaración contendrá al menos la información establecida en los anexos II, III, IV y VI
  • Los productores que destinen toda o parte de su producción a la venta directa de leche o a la elaboración de productos lácteos de oveja y cabra en la explotación, quedarán obligados a presentar ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma donde esté ubicada su explotación, hasta el día 20 de enero inclusive del año siguiente, una declaración anual, mediante los procedimientos que a tal fin sean establecidos por el mismo, donde se contabilicen las cantidades de leche suministrados directamente a consumo, a mayoristas, a afinadores de quesos y a minoristas, en el año natural inmediatamente anterior. Dicha declaración contendrá, al menos, la información establecida en el anexo V.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Información adicional

Para las declaraciones informáticas es necesario disponer de usuario autorizado y clave de acceso, obtenida del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

La solicitud del usuario y clave de acceso se tramita en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria.

Más información en el Servicio de Ayudas Ganaderas.

Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria, de la Dirección General de Producción Agraria.

Si en la tramitación telemática les surge alguna dificultad técnica dirigir comunicar la incidencia o consulta al: Soporte de consultas o incidencias.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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