Declaración responsable de establecimientos hoteleros y complejos turísticos balnearios
N° 91
A través de este trámite, las empresas titulares de establecimientos hoteleros que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán presentar una declaración responsable ante la autoridad competente para su apertura y clasificación.
Igualmente es posible realizar otras acciones como informar sobre la modificación de datos o sobre el cese de actividad.
Dirigido a
- Empresas titulares de establecimientos hoteleros
Requisitos
- Los requisitos mínimos exigibles a los establecimientos del grupo 1º (Hoteles y Hoteles-Apartamento) se establecen en los artículos 8 a 48 del Decreto 14/2018,de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los establecimientos hoteleros y complejos turísticos Balnearios en Aragón.
- Los requisitos mínimos exigibles a los establecimientos del grupo 2º (Hostales) se establecen en los artículos 49 a 54 del Decreto.
- Los requisitos mínimos exigibles a los establecimientos del grupo 3º (Pensiones) se establecen en los artículos 55 al 59 del Decreto.
- Los requisitos de los complejos turísticos Balnearios se establecen en el artículo 79.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Inmueble
Documento que incorpore el título que acredite la disponibilidad del inmueble para alojamiento hotelero.
Proyecto o planos
Proyecto o planos finales a escala 1:100, firmados por técnico competente.
Planos resto de instalaciones
Plano conjunto visado a escala 1:500, cuando los bloques o conjuntos de apartamentos turísticos cuenten con instalaciones deportivas, anexos, jardines, aparcamientos y similares.
Prevención de incendios
Documento que acredite el cumplimiento de las medidas mínimas de prevención de incendios según establezca la normativa. vigente.
Accesibilidad
Certificación que acredite el cumplimiento de la normativa vigente en materia de promoción de la accesibilidad y eliminación de las barreras arquitectónicas, urbanísticas, de transportes y de la comunicación.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En caso de que en el tramitador on line se acceda desde la opción: "para otra empresa, persona o entidad"
Documento acreditativo de la representación
Documento que acredite la representación de la empresa que la ejerce
En caso de que el establecimiento seleccionado sea Hotel u Hotel-Apartamento
Memoria sobre el cumplimiento de requisitos
Memoria sobre el cumplimiento de los criterios y requisitos obligatorios establecidos para cada categoría, así como, en su caso, sobre los requisitos adicionales encaminados a la obtención de las menciones “gran lujo” o “superior”.
En caso de que el establecimiento no esté conectado a la red pública de abastecimiento de agua.
Certificación de sanidad sobre potabilidad y depuración de agua
Certificación de sanidad sobre portabilidad y depuración de agua, en el caso de que los establecimientos no estén conectados a la red urbana de abastecimiento y depuración de aguas.
En caso de que el establecimiento no cuente con recogida de vertidos y residuos
Certificado de evacuación de residuales
En el caso de que los establecimientos no estén conectados a la red urbana de abastecimiento y depuración de aguas.
En caso de que el establecimiento seleccionado sea Complejo Balneario Turístico
Declaración de utilidad pública
En el caso de balnearios ,documentación que acredite la declaración de utilidad pública de las aguas minero-medicinales o la consideración de minerales de las aguas termales, así como la condición de servicio sanitario del complejo turístico balneario.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesValidación de NIF de un contribuyente
Información adicional
Inscripción en el Registro de Turismo de Aragón a efectos informativos: una vez formalizada la declaración responsable y en un plazo no superior a tres meses, tras las oportunas comprobaciones, el órgano competente podrá, en su caso:
- Inscribir el acto o hecho en el Registro de Turismo de Aragón a efectos meramente informativos.
- Clausurar el establecimiento o prohibir el ejercicio de la actividad en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, sin que por ello se derive derecho alguno a indemnización.
- Establecer motivadamente las condiciones en que pudiera ser ejercida la actividad o tener lugar la apertura y clasificación del establecimiento, y su correspondiente inscripción."
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 715 482
- Correo electrónico. turismospz@aragon.es
- Correo electrónico. Sección de turismo de Teruel turismoteruel@aragon.es
- Correo electrónico. sección de turismo de Huesca turismohuesca@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA
Normativa
Decreto 14/2018, de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los establecimientos hoteleros y complejos turísticos Balnearios en Aragón
Orden de 11 de febrero de 2021 del Consejero de Economía y Empleo, de 2014, por la que se regula la tramitación por medios telemáticos de los procedimientos administrativos y trámites en materia de turismo
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Desde que presenta la declaración responsable se puede ejercer la actividad que será revisada en un plazo máximo de 3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Te ha resultado útil esta página?
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