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Comunicación de uso en Aragón, por vacío terapéutico, de medicamento veterinario inmunológico o antimicrobiano autorizado por otro estado de la Unión Europea

N°1431

A través de este trámite, las personas profesionales de la veterinaria que pretendan prescribir un medicamento veterinario inmunológico (distinto de las autovacunas) o antimicrobiano autorizado en otro Estado miembro podrán comunicar a la autoridad competente su uso, por vacío terapéutico, en explotaciones en Aragón.

Plazo de presentación

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En plazo

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Dirigido a

  • Veterinarios prescriptores de medicamentos que tengan intención de adquirir el medicamento de que se trate

Requisitos

  • La no existencia de medicamento veterinario inmunológico (distinto de las autovacunas) o antimicrobiano autorizado en España para la enfermedad y especie animal indicadas (en base a los artículos 112, 113 y 114 del Reglamento 2019/6, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios y por el que se deroga la Directiva 2001/82/CE, y en base al artículo 34.3 del real decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios).
  • Las personas profesionales de la veterinaria que realizan esta comunicación custodiará el medicamento veterinario hasta su aplicación a los animales a tratar.

Documentación

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