Comunicación de uso en Aragón, por vacío terapéutico, de medicamento veterinario inmunológico o antimicrobiano autorizado por otro estado de la Unión Europea
N°1431
A través de este trámite, las personas profesionales de la veterinaria que pretendan prescribir un medicamento veterinario inmunológico (distinto de las autovacunas) o antimicrobiano autorizado en otro Estado miembro podrán comunicar a la autoridad competente su uso, por vacío terapéutico, en explotaciones en Aragón.
Dirigido a
- Veterinarios prescriptores de medicamentos que tengan intención de adquirir el medicamento de que se trate
Requisitos
- La no existencia de medicamento veterinario inmunológico (distinto de las autovacunas) o antimicrobiano autorizado en España para la enfermedad y especie animal indicadas (en base a los artículos 112, 113 y 114 del Reglamento 2019/6, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios y por el que se deroga la Directiva 2001/82/CE, y en base al artículo 34.3 del real decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios).
- Las personas profesionales de la veterinaria que realizan esta comunicación custodiará el medicamento veterinario hasta su aplicación a los animales a tratar.
Documentación
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Telemática
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- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
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En plazo
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