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Comunicación de desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional

N° 1267

A través de este trámite, las empresas de los Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que desplacen temporalmente a sus trabajadores a España deberán comunicar a la autoridad laboral competente la prestación de servicios de sus trabajadores en territorio español.

Plazo de presentación

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Dirigido a

  • Empresas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que desplacen temporalmente a sus trabajadores a España.

Requisitos

  • Formar parte de un Estado miembro de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • Presentación de la comunicación en el modelo oficial preestablecido, indicando los datos de la empresa que desplaza y los de los trabajadores desplazados.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

El incumplimiento de la obligación de comunicación se tipifica como infracción administrativa en materia laboral. La autoridad laboral comunicará a Inspección de Trabajo y Seguridad Social y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria las comunicaciones de desplazamiento.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

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Proceso de tramitación y acciones disponibles

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

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