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Becas salario para la realización de estudios oficiales de Grado en el Sistema Universitario de Aragón - Convocatoria 2022

N° 8949

A través de este trámite, el alumnado con bajos niveles de renta y alto rendimiento académico podrá solicitar una beca mediante la cual se remunere su dedicación exclusiva a estudios oficiales de primer curso de Grado en el Sistema Universitario de Aragón.

Importante: la presentación de esta solicitud es exclusivamente electrónica. Para ello, necesitas disponer de firma electrónica. En el apartado Información adicional - Documentos y enlaces de interés, dispones de una Guía con información relativa a la firma electrónica. Si la persona que solicita la beca es menor de edad deberá tramitar la solicitud la persona que ostente la tutela legal.

Plazo de presentación

Del 07/07/2022 al 27/07/2022

Fuera de plazo

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  • CORRECCIÓN de errores Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Directora General de Universidades, por la que se acuerda la segunda renovación de la beca salario concedida al amparo de la convocatoria de becas salario para la realización, por primera vez, de estudios oficiales de Grado en el Sistema Universitario de Aragón en el curso académico 2022-2023, aprobada mediante la Orden CUS/1007/2022, de 30 de junio. Donde dice: «Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que legalmente proceda.» Debe decir: « Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de Aragón, (https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/becas-salario-para-la-realizacion-de-estudios-oficiales-de-grado-en-el-sistema-universitario-de-aragon/convocatoria-2022), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de oct

  • RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2022, de la Directora General de Universidades, de la convocatoria de becas salario para la realización, por primera vez, de estudios oficiales de Grado en el Sistema Universitario de Aragón en el curso académico 2022/2023, aprobada mediante la Orden CUS/1007/2022, de 30 de junio.

Dirigido a

  • Estudiantes que, tras haber superado la fase obligatoria de la Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad en la Comunidad Autónoma de Aragón (EvAU), o prueba equivalente de otra Comunidad Autónoma, accedan por primera vez a estudios oficiales de primer curso de Grado en el Sistema Universitario de Aragón, en modalidad presencial

Requisitos

  • Estar empadronada en cualquiera de los municipios de Aragón con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Haber sido beneficiaria de una beca de carácter general del Ministerio competente en materia de educación para estudios postobligatorios, en el componente de la cuantía fija ligada a la renta del estudiante, en el curso académico 2021/2022.
  • Poseer, tras la superación de la fase obligatoria de la Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad en la Comunidad Autónoma de Aragón (EvAU) o prueba equivalente de otra Comunidad Autónoma, una nota de acceso a la universidad para su ingreso por primera vez igual o superior a 9,000 puntos.
  • Haber formalizado, por primera vez, matrícula completa en estudios conducentes a la obtención del título oficial de Grado, en un mínimo de 60 créditos, en modalidad presencial, en alguna de las universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón en el curso académico 2022/2023, antes del 5 de octubre de 2022.
  • Que el precio por crédito, en primera matrícula, de los estudios universitarios de Grado matriculados no supere el importe de sesenta y nueve euros con cuarenta y cinco céntimos (69,45 €), sin la aplicación de reducciones, bonificaciones y exenciones.

Documentación

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Si la persona solicitante es menor de edad y la solicitud se presenta por su tutor legal

  • Libro de familia o documento de designación de tutor

    Las personas solicitantes menores de edad deberán presentar la solicitud a través de su representante legal, que se podrá acreditar mediante el libro de familia o, en su caso, el documento de designación de tutor.

Si la solicitud se presenta a través de representante

Si la persona solicitante está integrada en una familia monoparental

  • Título de familia monoparental en vigor

    Carnet de familia monoparental o resolución de reconocimiento de familia monoparental.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

    De la persona solicitante y del resto de personas de la unidad familiar.

  • Consulta de Condición de Becado

  • Consulta de título de familia numerosa

  • Consulta de datos de discapacidad

  • Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal

  • Consulta de Vida Laboral Últimos 12 Meses

Información adicional

Importante: durante el periodo de disfrute de la beca salario no deberás realizar actividad laboral por cuenta ajena o actividad económica por cuenta propia, salvo que la actividad laboral esté vinculada a titulaciones de Grado que incorporen un itinerario en formación dual.

La presentación de esta solicitud es exclusivamente electrónica. Para ello, necesitas disponer de firma electrónica.

En el apartado "Presentación de la solicitud" dispones de más información.

La solicitud se considerará presentada en el momento en que se obtenga el justificante de registro que se deberá conservar a efectos de acreditar su presentación. No obstante, a los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por las personas interesadas, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.

Si tienes cualquier duda consulta las Preguntas frecuentes del apartado "Información adicional".

Subsanación: si comprobamos que tu solicitud no reúne toda la información o documentación necesaria, podrás subsanarla en un plazo de 10 días hábiles. A tal fin se publicará en el tablón de anuncios digital de información general del Gobierno de Aragón la lista de las solicitudes que se deban subsanar, señalando los motivos y el contenido de la subsanación, así como los medios de presentación. El enlace al mencionado tablón está disponible en el apartado Documentos y enlaces de interés.

Resolución: la resolución con las personas beneficiarias se publicará en el Boletín Oficial de Aragón y en esta misma página web, en el apartado "Anuncios" y determinará el importe de cada uno de los dos pagos parciales.

Pago: tras la resolución, se procede al pago de la beca en el número de cuenta que has indicado en tu solicitud. Se realizarán dos abonos parciales cuyo importe estará supeditado a la disponibilidad presupuestaria de cada uno de los ejercicios.

Recurso de alzada: si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de alzada ante la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. Si la resolución no fuera expresa, la persona interesada podrá interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 07/07/2022 al 27/07/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses, computándose desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA.

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