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Ayudas a proyectos editoriales en Aragón - Convocatoria 2022

N° 9313

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas a proyectos editoriales en Aragón. Están dirigidas tanto a empresas editoriales como entidades sin ánimo de lucro, siempre que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. Tienen como finalidad el apoyo a proyectos editoriales que se caractericen por su interés y aportación a las letras aragonesas, así como a los autores aragoneses

Plazo de presentación

Del 02/11/2022 al 15/11/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Empresas editoriales, tanto personas físicas como jurídicas, que tengan constituido legalmente el sello editorial, con domicilio social en Aragón
  • Entidades sin ánimo de lucro, que tengan constituido legalmente el sello editorial, con domicilio social en Aragón

Requisitos

  • Proyectos editoriales que sean primera edición o títulos en los que hayan pasado cinco años desde esa primera edición.
  • Los solicitantes podrán presentar cuantos proyectos consideren que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, con el compromiso de que la tirada mínima de la edición será de 500 ejemplares, se realice antes de que finalice el plazo de justificación de la subvención.
  • Se excluyen los proyectos promovidos o editados por instituciones públicas, instituciones sin ánimo de lucro, salvo en el supuesto que tengan constituido legalmente el sello editorial (acreditado con el alta como editor en el Impuesto de Actividades Económicas y con la asignación de número o código de editor por la Agencia Española del I.S.B.N), los libros de texto, obras en fascículos, las editadas por sus autores, los catálogos de exposiciones, libros no venales, anuarios, publicaciones periódicas y separatas, reimpresiones, volúmenes sueltos que formen parte de una obra completa que no se comercialicen por separado.
  • Proyectos editoriales, incluidos entre ellos los fonográficos y videográficos, que sean primera edición o títulos en los que hayan pasado cinco años desde esa primera edición
  • Los solicitantes podrán presentar cuantos proyectos consideren que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, con el compromiso de que la tirada mínima de la edición será de 500 ejemplares, se realice antes de que finalice el plazo de justificación de la subvención
  • Se excluyen los proyectos promovidos o editados por instituciones públicas, instituciones sin ánimo de lucro, salvo en el supuesto que tengan constituido legalmente el sello editorial (acreditado con el alta como editor en el Impuesto de Actividades Económicas y con la asignación de número o código de editor por la Agencia Española del I.S.B.N), los libros de texto, obras en fascículos, las editadas por sus autores, los catálogos de exposiciones, libros no venales, anuarios, publicaciones periódicas y separatas, reimpresiones, volúmenes sueltos que formen parte de una obra completa que no se comercialicen por separado

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT

    Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT actualizado, en el que conste el alta como editor en el Impuesto de Actividades Económicas (epígrafe 476.1), no siendo válidos los certificados expedidos con anterioridad al plazo de presentación de solicitudes.

  • Número o código de editor

    Documento de asignación de número o código de editor por la Agencia Española del ISBN

  • Ficha de adjudicación del número ISBN del título a editar

  • Declaración responsable de la existencia de un contrato de edición

    Declaración responsable de la existencia de un contrato de edición, o en su caso, de los derechos universales

  • Títulos publicados en los últimos tres años

    Memoria de la editorial relacionando los títulos publicados en los últimos tres años

  • Acreditación de la existencia de un contrato de distribución

  • Relación de documentación

    Documentación ya presentada ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón

    Descargar modelo Relación de documentación

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Verificación de Datos de Identidad

Información adicional

Importe de la convocatoria: 185.000 euros.

Deberá constar en la página de créditos del libro subvencionado la leyenda: Esta obra ha sido publicada con la ayuda del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, y adoptar las medidas para dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación, en los medios materiales que se utilicen para la difusión de la actividad subvencionada. Los beneficiarios se comprometen a entregar en la Dirección General de Cultura y Patrimonio en nº de ejemplares de la obra que se establezca en la Orden de concesión. Cuantía mínima a recibir por cada proyecto: 500 €. El importe de la ayuda en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el 80% del presupuesto del proyecto editorial

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 02/11/2022 al 15/11/2022

Fuera de plazo

10 días a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Plazo máximo de 3 meses, computado desde la fecha de finalización de presentación de las solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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