Ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros/as y mercancías - Retrofit o modificación de la forma de propulsión de los vehículos
N° 8988
A través de este trámite se puede optar a ayudas destinadas a las empresas del transporte por carretera de viajeros y mercancías para la modificación sobre la unidad de potencia de un vehículo matriculado en España originalmente propulsado por 100% por combustible diésel, gasolina o gas para que pase a funcionar en su totalidad como vehículo eléctrico o de hidrógeno.
Dirigido a
- Empresas privadas, personas físicas o jurídicas, de transporte de viajeros/as o mercancías prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario
Requisitos
- Personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones de transporte MDPE, VDE, MPCE, VPCE, MDLE. Y además, las personas físicas o jurídicas que presten servicio público de transporte urbano.
- Empresas con sede fiscal en Aragón.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Permiso de circulación
Aportar permiso de circulación que acredite la titularidad y antigüedad del vehículo.
Certificado transporte urbano
Certificado del órgano competente de la correspondiente entidad local que acredite que ha estado prestando el servicio público de transporte urbano al menos en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud de la ayuda.
(La obligación de aportar esta documentación sólo será necesario cuando sean titulares de transporte urbano sin las autorizaciones de transporte de la convocatoria).
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Consulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Consulta de Datos de un Vehículo
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Información adicional
Aquellas solicitudes cuya fecha de presentación sea anterior a la entrada en vigor de la Orden VMV 960/2022, de 16 de junio, por la que se modifica la Orden VMV 544/2022, de 20 de abril, y a los efectos de garantizar un tratamiento uniforme de todas las solicitudes se gestionarán de manera individualizada por vehículo.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. dgtransportes@aragon.es
- Correo electrónico. infoflotas@camarasaragon.com
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Orden VMV/544/2022, de 20 de abril, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros/as y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- Financiado por la unión Europea- Next Generation EU
Orden VMV 960/2022, de 16 de junio, por la que se modifica la Orden VMV/544/2022, de 20 de abril, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros/as y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU
Orden TMA/138/2022 de 28 de febrero de 2022 por la que se modifican los Anexos I, III, IV y VI del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros/as y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transportes por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Real Decreto 188/2022, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros/as y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transportes por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros/as y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transportes por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Reglamento 241/2021, de 12 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Reglamento 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión europea relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 05/05/2022 al 30/04/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses desde la presentación de la solicitud.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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