Ayudas para la adquisición de vivienda habitual y permanente para jóvenes de hasta 35 años, en municipios o núcleos de población de menos de 5.000 habitantes - Convocatoria 2021
N° 7080
A través de este trámite, las personas menores de 35 años pueden solicitar una ayuda para la adquisición de vivienda habitual y permanente en municipios o núcleos de población de menos de 5.000 habitantes.
Dirigido a
- Jóvenes menores de 35 años
Requisitos
- No haber cumplido 36 años en el momento de solicitar la ayuda o en el momento de la suscripción del contrato público o privado de adquisición de vivienda cuando se haya realizado antes de la convocatoria y después del 1 de enero de 2022.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Haber suscrito, a partir del 1 de enero de 2021, o estar en condiciones de suscribir un contrato público o privado de adquisición de vivienda, localizada en un municipio, o núcleo de población, de pequeño tamaño del territorio de Aragón, incluido el supuesto de vivienda edificada sobre un derecho de superficie cuya titularidad recaiga en un tercero.
- Que la vivienda vaya a constituir la residencia habitual y permanente del beneficiario/a, por un plazo mínimo de cinco años desde la fecha su adquisición, debiendo ser ocupada en el plazo máximo de tres meses desde su entrega por la entidad vendedora. El plazo de cinco años podrá ser inferior cuando sobrevengan cambios de domicilio por razones laborales o cuando se enajene la vivienda reinvirtiendo el total del importe obtenido con la enajenación en la adquisición de otra vivienda habitual y permanente que se adecue a las nuevas circunstancias familiares del beneficiario/a.
- Que el precio de adquisición de la vivienda, sin los gastos y tributos inherentes a la adquisición, sea igual o inferior a 100.000 euros.
- No ser titulares o cotitulares del 100 % del pleno dominio o del usufructo de alguna vivienda en España.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Declaración de ingresos
Anexo II.
Descargar modelo Declaración de ingresosAutorización a la Administración para la consulta de datos y documentación
Anexo III.
Descargar modelo Autorización a la Administración para la consulta de datos y documentaciónDeclaración responsable
Anexo IV.
Descargar modelo Declaración responsable
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioPresentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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Contacto y ayuda
- Correo electrónico. dgvivienda@aragon.es
- Correo electrónico. ava@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Normativa
Orden VMV/1318/2021, de 8 de octubre, por la que se convocan, para el ejercicio 2021, ayudas para la adquisición de vivienda habitual y permanente, para jóvenes menores de 35 años, en municipios o núcleos de población de menos de 5.000 habitantes, correspondientes al Plan de Vivienda 2018-2021
Decreto 73/2023, de 17 de mayo, Por el que se aprueba el Plan de Vivienda 2022-2025 y medidas complementarias en materia de rehabilitación energética de vivienda
Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, Por el que se regula el Bono de Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 20/10/2021 al 19/11/2021
Fuera de plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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