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Ayudas para infraestructuras públicas destinadas a actividades industriales en localidades de la provincia de Teruel - Convocatoria 2024. FITE 2021

N° 10481

A través de este trámite, se solicitan ayudas destinadas a apoyar infraestructuras en materias que sean competencia de las entidades locales beneficiarias, necesarias para el desarrollo de actividades industriales y se localicen en alguno de los municipios de la provincia de Teruel. Estas ayudas se enmarcan en el Fondo de Inversiones de Teruel correspondientes al año 2021.

Plazo de presentación

Del 29/07/2024 al 20/08/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Ayuntamientos pertenecientes a la provincia de Teruel

Requisitos

  • Podrán solicitar estas ayudas los municipios cuyo ámbito territorial de gestión se encuentre en la provincia de Teruel.
  • Los solicitantes de las ayudas convocadas en esta orden han de cumplir los requisitos que determina el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Los proyectos de inversión para infraestructuras públicas han de estar destinados a fines industriales.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acreditación poder de representación

    Salvo que se acceda con certificado de represente de la entidad.

  • Memoria explicativa de las inversiones a realizar

    Memoria explicativa de la actuación en la que se describa con claridad el objetivo a conseguir con la inversión, su necesidad para el interés o el servicio público, así como cualquier otro dato que se considere de interés, incluyendo la justificación del grado de realización del proyecto en el momento de la solicitud.

  • Presupuesto y/o memoria valorada de la inversión a realizar

    En caso de obras, proyecto técnico con los requisitos exigidos para este tipo de documentación. En caso de contrato menor de obras (salvo que deba existir el correspondiente proyecto cuando las normas específicas así lo requieran) u otras inversiones que no requieran proyecto técnico, deberá presentarse una memoria valorada, redactada por técnico competente, con el siguiente contenido: descripción de la actuación a realizar, presupuesto detallado incluyendo especificaciones/mediciones y precios unitarios y los planos necesarios para definir y localizar la actuación. En caso de que se haya ejecutado parte o la totalidad de la inversión solicitada, se podrá adjuntar documentación justificativa de la misma, como facturas o certificaciones de obra.

    Cuando se requiera proyecto y se aporte memoria valorada junto con la solicitud de subvención, estando la redacción del proyecto pendiente de la concesión de la misma, se hará constar esta circunstancia en la memoria valorada o en la solicitud y se aportará éste en el momento en que la entidad local disponga de él.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Verificación de Datos de Identidad

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 29/07/2024 al 20/08/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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