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Ayudas para estudios de Máster Universitario Estratégico - Convocatoria 2022

N° 8948

A través de este trámite, el alumnado que vaya a cursar un título de Máster Universitario Estratégico en el Sistema Universitario de Aragón puede presentar su solicitud y optar a una ayuda económica para la realización de dichos estudios.

La ayuda tiene como finalidad financiar las necesidades básicas del alumno o alumna de sostenimiento, manutención y/o desplazamiento.

Importante: la presentación de esta solicitud es exclusivamente electrónica. Para ello, necesitas disponer de firma electrónica. En el apartado Información adicional - Documentos y enlaces de interés, dispones de una Guía con información relativa a la firma electrónica.

Plazo de presentación

Del 09/09/2022 al 29/09/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

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Dirigido a

  • Alumnado del Sistema Universitario de Aragón que vaya a cursar un título de Máster Universitario Estratégico de los recogidos en el anexo de la convocatoria

Requisitos

  • Que la persona solicitante esté empadronada en cualquiera de los municipios de Aragón con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • No haber superado enseñanzas conducentes a la obtención de un título de Máster Universitario.
  • Formalizar la matrícula de nuevo ingreso en el curso 2022/2023, antes del 4 de octubre de 2022, en al menos 60 créditos en un Máster Universitario calificado como estratégico o, para las personas beneficiarias de la ayuda en el curso 2021/2022 para estudios de 120 créditos de duración, del número de créditos necesarios para finalizar el título.
  • Tener una nota media que no sea inferior a 5 en el periodo académico que se determine en la convocatoria.
  • Que en el curso académico 2021-2022 haya sido persona beneficiaria de las becas de carácter general para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, convocadas por el ministerio competente en materia de educación, o bien que el nivel de renta de la unidad familiar no supere los siguientes umbrales:
    • Para una unidad familiar de 1 persona: 22.500,00 euros.
    • Para una unidad familiar de 2 personas: 37.575,00 euros.
    • Para una unidad familiar de 3 personas: 50.175,00 euros.
    • Para una unidad familiar de 4 personas: 59.715,00 euros.
    • Para una unidad familiar de 5 personas: 67.059,00 euros.
    • Para una unidad familiar de 6 personas: 73.512,00 euros.
    • Para una unidad familiar de 7 personas: 79.722,00 euros.
    • Para una unidad familiar de 8 personas: 85.896,00 euros.
    • Para una unidad familiar de 9 personas: 92.043,00 euros.
    • A partir de 9 personas se añaden 6.100,00 euros por cada persona adicional computable.
  • Puedes comprobar si cumples el requisito del nivel de renta utilizando la hoja de cálculo de simulación de la renta familiar, a la que puedes acceder en el apartado Documentos y enlaces de interés.

Documentación

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Si la solicitud se presenta a través de representante

Si la persona solicitante está integrada en una unidad familiar

  • Volante o certificado colectivo de empadronamiento

    Certificado o volante municipal de empadronamiento colectivo que acredite el domicilio de la persona solicitante y que integre a todas las personas que residen en el mismo. No se admiten los certificados o volantes individuales ni los que hayan sido expedidos con anterioridad a tres meses desde la fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes.

  • Documento para la consulta de datos de las personas de la unidad familiar

    Deberán cumplimentar y firmar este documento todas las personas de la unidad familiar para autorizar u oponerse a la consulta de sus datos de identidad, nivel de renta y discapacidad.

    Descargar modelo Documento para la consulta de datos de las personas de la unidad familiar

Si alguna persona de la unidad familiar no está empadronada con la persona solicitante

  • Certificado o volante de empadronamiento colectivo de otras personas

    Si alguna persona de la unidad familiar no está empadronada con la persona solicitante, deberá aportarse este documento emitido por el ayuntamiento correspondiente y que integre a todas las personas que residen en el domicilio. No se admiten los certificados o volantes individuales ni los que hayan sido expedidos con anterioridad a tres meses desde la fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes.

En el caso de ausencia de uno de los padres

  • Título que acredite la ausencia del padre o la madre

    Sentencia de separación, divorcio, certificado de defunción u otro documento que justifique la ausencia.

Si la persona solicitante constituye una unidad familiar propia

  • Documento acreditativo de la titularidad de unidad familiar propia

    Libro de familia, Certificado del Registro Civil o Certificado del Registro de Parejas Estables No Casadas o cualquier otro documento válido en Derecho que acredite esta circunstancia.

Si en la unidad familiar se integra alguna persona que se encuentra en situación de acogida legal

  • Documento justificativo del acogimiento familiar

    Si forma parte de la unidad familiar una persona que se encuentre acogida legalmente y haya nacido a partir del 1 de enero de 1996.

Si la persona solicitante es huérfana absoluta

  • Título que acredite la orfandad absoluta de la persona solicitante

    Certificado de defunción del padre y/o de la madre.

Si la persona solicitante procede de una universidad que no pertenece al Sistema Universitario de Aragón

  • Certificación oficial del expediente académico

    Certificación oficial del expediente académico en la que consten, por convocatorias, la totalidad de los cursos en los que se ha matriculado, así como las calificaciones obtenidas en sus estudios universitarios, incluidos suspensos y no presentados, la fecha de obtención de las mismas y constancia de las calificaciones con sus créditos.

Si los sustentadores principales de la unidad familiar provienen de territorios forales (País Vasco o Navarra) o tributan en el extranjero

  • Certificación de renta o de imputaciones de rentas

    Emitida a fecha actual por la autoridad tributaria competente, referida al ejercicio 2020 y relativa a las personas sustentadoras principales.

Si la solicitud se presenta por el procedimiento de independencia familiar y económica y no se trata de una persona huérfana absoluta ni titular de unidad familiar propia hay que presentar, además:

  • Informe de vida laboral de la persona solicitante

  • Contrato de alquiler o escritura de propiedad de la vivienda

    La persona solicitante debe figurar como arrendataria o como propietaria de la vivienda en la que reside.

  • Justificante de pago del alquiler

    En el caso de que la persona solicitante viva de alquiler, deberá presentar justificante del pago de la última mensualidad.

  • Otra documentación que pueda acreditar la independencia económica y familiar

    Si consideras que debes aportar más documentación que acredite tus circunstancias personales relativas a la acreditación de tu independencia económica y familiar.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

  • Consulta de nivel de renta intermediado

  • Consulta de datos de discapacidad

  • Certificación oficial del expediente académico

  • Acreditación de la matrícula en un Máster Universitario Estratégico

  • Consulta de Condición de Becado

Información adicional

Importante: la presentación de esta solicitud es exclusivamente electrónica. Para ello, necesitas disponer de firma electrónica. En el apartado Información adicional - Documentos y enlaces de interés dispones de más información.

La solicitud se considerará presentada en el momento en que se obtenga el justificante de registro que se deberá conservar a efectos de acreditar su presentación. No obstante, a los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por las persona interesadas, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.

Puedes presentar la solicitud sin estar matriculado. No obstante, para obtener la condición de persona beneficiaria deberás haber formalizado la matrícula en el Máster correspondiente antes del 4 de octubre de 2022. Si tienes cualquier otra duda consulta las Preguntas frecuentes del apartado Información adicional - Documentos y enlaces de interés.

Procedimiento: puedes solicitar tu beca por el procedimiento general o por el procedimiento de independencia familiar y económica. Para saber por qué procedimiento tramitar tu solicitud consulta la convocatoria y las Preguntas frecuentes.

Subsanación: si comprobamos que tu solicitud no reúne toda la información o documentación necesaria, podrás subsanarla en un plazo de 10 días hábiles. A tal fin se publicará en el tablón de anuncios digital de información general del Gobierno de Aragón la lista de las solicitudes que se deban subsanar, señalando los motivos y el contenido de la subsanación, así como los medios de presentación. El enlace al mencionado tablón está disponible en el apartado Información adicional - Documentos y enlaces de interés. Si no realizas las aclaraciones pertinentes o no presentas la documentación adicional que se te pida se entenderá que desistes de tu solicitud, lo que se determinará en la resolución de la convocatoria.

Resolución: la resolución con las personas beneficiarias se publica en el Boletín Oficial de Aragón y en esta misma página web.

Pago: tras la resolución se entenderá que la persona beneficiaria acepta la ayuda, salvo manifestación expresa en contrario en el plazo de tres días de acuerdo con la convocatoria, y se procederá al pago de la beca en el número de cuenta que has indicado en tu solicitud.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 09/09/2022 al 29/09/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA.

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se co...

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