Ayudas para la mejora de tecnología en equipos y procesos industriales
N° 2485
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a las ayudas destinadas a la mejora de tecnología en equipos y procesos industriales.
Están dirigidas a pymes y grandes empresas del sector industrial.
Estas ayudas, buscan incentivar y promover la realización de actuaciones en dichas empresas, para que se reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética.
Dirigido a
- Las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los siguientes: 07; 08; 09; 10; 11; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 26; 27; 28; 29; 30; 31; 32; 33; 35; 36; 37; 38; 39.
- Las empresas de servicios energéticos entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios. Para poder ser destinatarias últimas de las ayudas, estas empresas deberán actuar en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas que se indican en el apartado a) lo que se acreditará conforme a lo dispuesto en el anexo III, repercutiendo en todo caso la ayuda prevista en este programa a la empresa donde se ejecute el proyecto.
Requisitos
- Residencia fiscal en España
- Establecimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Las empresas deben tener uno de los CNAE 2009 comprendidos en el artículo 2 del Real Decreto 263/2019.
- Medida 1. Mejora de tecnología en equipos y procesos industriales. Coste elegible mínimo: 20.000 euros.
- Actuaciones a realizar tras el registro de la solicitud (efecto incentivador).
Documentación
Presentar en todos los casos:
Declaración responsable empresa autónoma
Emitida por el representante de la empresa en la que se indique la calificación como empresa autónoma, o bien se indique las empresas asociadas o vinculadas, incluyendo los datos de participación respectivos.
Copia de contrato
En el caso de que el solicitante sea una empresa de servicios energéticos deberá aportarse adicionalmente copia del contrato o contratos formalizados con la empresa o empresas propietarias de las dependencias industriales.
FICHA DE TERCEROS
Descargar modelo FICHA DE TERCEROSRelación de Gastos
Descargar modelo Relación de GastosMemoria descriptiva
Descargar modelo Memoria descriptivaMemoria descriptiva
Realizada y suscrita por un técnico titulado competente en razón del tipo de proyecto / persona jurídica beneficiaria de las actuaciones a acometer.
Presupuesto de gastos
Presupuesto de la actuación
Informe de plantilla media
Ficha de terceros
Cuentas anuales de la empresa solicitante
Declaración responsable empleados
Emitida por el representante de la empresa en la que se refleje el número de empleados de la empresa, así como los de las empresas asociadas o vinculadas
Copia de escrituras de constitución de la empresa
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesDocumento de identidad
Documento de identificación fiscal (NIF)
Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias
Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma
Información adicional
Para más información, visitar esta página web de Eficiencia energética en la industria.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9:00 a 14:00 horas. 976 715 691
- Correo electrónico. planificacionenergetica@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Normativa
Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial
Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, Por el que se modifican el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo; el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recup
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 12/03/2021 al 30/06/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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