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Ayudas individuales para atención temprana - Convocatoria 2024

N° 10491

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud de ayudas individuales para atención temprana.

Estas ayudas están dirigidas a personas menores con edades comprendidas entre 0 y 6 años.

El objetivo de estas ayudas de carácter individual es dar una respuesta rápida por parte del equipo técnico que ha determinado la Inclusión de la persona menor de edad en el programa de Atención Temprana, y no existe disponibilidad de plaza o recurso de la red pública, siendo necesario iniciar el tratamiento a la mayor brevedad posible otorgando una ayuda económica a la familia para afrontar el pago de esta atención, de modo que no se quede ningún menor sin atender.

Plazo de presentación

Del 18/09/2024 al 15/11/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Requisitos

  • Ser una persona menor con edad comprendida entre 0 y 6 años.
  • Tener reconocida la necesidad de atención temprana por el correspondiente equipo de valoración de Atención Temprana de los Centros de Atención a la Discapacidad del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
  • Ser solicitante de plaza en la red pública de centros de atención temprana o de prestacion del servicio por un equipo itinerante y estar o haber estado a la espera de tratamiento.
  • Estar la persona menor o su representante legal en posesión de NIF/NIE y tener una cuenta bancaria abierta a su nombre.
  • Estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la finalización del plazo de presentación de la solicitud. La persona que actúa en nombre del menor, como representante legal, deberá tener igualmente residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la finalización del plazo de la solicitud.
  • No haber obtenido ayudas de la misma naturaleza y finalidad provenientes de entidades públicas o privadas, ni haber renunciado voluntariamente al centro o servicio de la red publica que le hubiera sido asignado.
  • No hallarse incurso en las causas de prohibición reguladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • El tratamiento recibido por el beneficiario de la correspondiente entidad en ningún caso podrá tener un precio superior a los importes máximos establecidos en la Orden de convocatoria

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de empadronamiento colectivo

    Certificado de empadronamiento colectivo, incluida la persona beneficiaria, en el que conste el tiempo de residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Informe de tratamiento

    Informe realizado por la entidad y profesional que realizan el tratamiento en el que figuren los datos de identificación de los mismos, la descripción del tratamiento y un informe de seguimiento.

    El tratamiento deberá ser coincidente con todos o algunos de los servicios asistenciales incluidos en el Programa de Atención Temprana y en la consulta realizada al Centro de Atención a la Discapacidad/Centro de Atención a la Infancia y, en todo caso, deberá ser impartido por profesionales con titulación en psicología, logopedia, terapia ocupacional o fisioterapia, con la debida habilitación específica para dicho tratamiento y en centros autorizados para su prestación..

  • Facturas

    Facturas de los gastos realizados.

  • Justificantes bancarios

    Solo en el caso de operaciones por un importe igual o superior a 1000 euros, justificantes bancarios de pago.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 18/09/2024 al 15/11/2024

Fuera de plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Tres meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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