Ayudas al desarrollo del diseño industrial para la innovación - Convocatoria 2023
N° 9556
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de ayudas, al desarrollo del diseño industrial para la innovación.
Estas ayudas, buscan incorporar metodologías de gestión del diseño, dentro de la cultura empresarial, para diseñar, rediseñar o innovar en un producto, servicio o marca, con foco en las necesidades de los clientes o personas usuarias.
Están dirigidas a las pequeñas y medias empresas (pymes) y las personas en régimen autónomo y entidades sin ánimo de lucro que contraten trabajos específicos de gestión de diseño a empresas colaboradoras homologadas.
Dirigido a
- Pequeñas y medianas empresas o autónomos/as y entidades sin ánimo de lucro que contraten trabajos específicos de gestión de diseño a empresas colaboradoras homologadas.
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¿Cuáles son las líneas de ayudas?
- Empresas en consolidación: antigüedad igual o menor a 5 años
- Empresas consolidadas: antigüedad mayor a 5 años.
- Empresas de sectores maduros: textil, confección, calzado, mobiliario, iluminación, menaje y juguete.
- La antigüedad se valora desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha de alta de autónomos/as o la fecha de constitución de la empresa (primera fecha de alta en el impuesto de actividades económicas).
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¿En qué ámbito quiere realizar el proyecto?
- Diseño de producto. Por ejemplo: producto industrial, producto de consumo, juguetes, mobiliario, máquina-herramienta, etc.
- Diseño de identidad corporativa y de la marca. Por ejemplo: creación de nombres (naming), construcción de marca (branding), diseño de envases (packaging) y diseño de etiquetas, aplicaciones promocionales y comunicación de la marca, etc.
- Diseño de servicios. Por ejemplo: experiencia de alojamiento en un hotel, diseño de un servicio de salud, diseño de servicios prestados por empresas industriales, diseño de procesos que puedan llevar asociados el diseño de herramientas de software o apps, etc.
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¿Qué trabajos son subvencionables en esta convocatoria?
- Fase I: análisis de la empresa y Fase II: desarrollo de un proceso de diseño
- Fase II: desarrollo de un proceso de diseño
- Fases pendientes en proyectos que tuvieron subvención en convocatorias anteriores de estas ayudas
- Para proyectos en el ámbito de diseño de producto sectores maduros: se añade la realización de herramientas impresas o digitales de comunicación, excepto webs.
- Los proyectos no pueden estar finalizados antes de la fecha de solicitud.
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¿Quién le va a acompañar en el proceso?
- Consultar el catálogo de empresas homologadas.
- Las empresas de sectores textil, confección y calzado pueden contar con empresas de diseño no homologadas
Requisitos
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Las ayudas se destinan a PYMES que:
- estén válidamente constituidas como máximo antes del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes.
- cuenten con un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- que estén vinculadas a la actividad industrial según determina el Texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial en Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón o que realicen actividades que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma y otras actividades económicas cuando éstas resulten innovadoras o con potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social.
- manifestar por escrito la voluntad de avanzar hacia una gestión estable del diseño como una parte importante de su estrategia de empresa mediante una declaración con el compromiso expreso del Director General de la empresa.
- que estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social y estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
- que no hayan sido sancionadas en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo
- poder justificar el mantenimiento del empleo desde la solicitud de la ayuda hasta su justificación.
- que el beneficiario no haya realizado ningún proyecto apoyado por estas ayudas en el ámbito que solicita. (Excepto si fuera un proyecto de la convocatoria anterior pendiente de finalizar)
- que estén radicadas y desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- que estén constituidas o dadas de alta con anterioridad a que transcurra un mes natural desde la fecha de cierre del plazo de solicitudes.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Memoria de empresa
La información de la memoria es fundamental para poder aplicar el baremo recogido en el apartado séptimo, con el riesgo de quedar excluido si no se llega a los mínimos en el establecidos
Memoria de proyecto
La información de la memoria es fundamental para poder aplicar el baremo recogido en el apartado séptimo, con el riesgo de quedar excluido si no se llega a los mínimos en el establecidos
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Ficha de Terceros
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Para la realización de un proyecto en el ámbito de la transformación digital y/o de la economía circular:, hay que aportar además:
Justificación de transformación digital y/o economía circular
Si se realizan las Fases I y II de los trabajos, hay que aportar también:
Presupuestos de consultor y de empresa de servicios de diseño
Si solo se realiza la Fase II de los trabajos, hay que aportar también:
Presupuesto de la empresa de servicios de diseño
Si solo se realizan Trabajos pendientes del proceso de diseño de proyectos que tuvieron subvención en la convocatoria inmediatamente anterior, hay que aportar también:
Presupuesto de la empresa de servicios de diseño
Si sólo se realizan trabajos de herramientas impresas o digitales de comunicación, hay que aportar también:
Presupuesto del estudio de diseño con el desglose aplicable a su caso
(fotografías, programación, etc...)
Si el importe de los trabajos es superior a las cuantías establecidas para el contrato menor, hay que aportar también:
Tres presupuestos y justificación de la elección
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesVerificación de Datos de Identidad
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Información adicional
Solicitud de la ayuda:
- Iniciar el trámite online, identificándose con el certificado de persona jurídica o física: Cl@ve permanente o certificado electrónico de la empresa.
- Completar el formulario online.
- Adjuntar la documentación.
- Firmar el formulario electrónicamente.
Valoración de las solicitudes
- Las solicitudes elegibles se ordenarán por puntuación obtenida según criterios y, en caso de empate, por fecha y hora de presentación.
Resolución
- La empresa será notificada.
- La empresa podrá interponer recurso.
- Si no recibe notificación en el plazo de 3 meses puede considerar desestimada su solicitud.
Aceptación de la ayuda, 10 días hábiles desde la notificación de concesión
- Deberá comunicarse a la Dirección General de Industria y PYMES, en caso contrario se entenderá que renuncia.
- Como beneficiario/a deberá cumplir estas obligaciones
Desarrollo de los trabajos, el periodo subvencionable para el desarrollo de cada trabajo se establecerá en la resolución
- Se deben seguir las instrucciones del Anexo I y utilizar los manuales, guías y listas de chequeo publicados por el CADI.
- El CADI realizará seguimiento de los plazos y de los documentos.
- Si se detecta falta de dedicación, incumplimiento de plazos o persecución de objetivos distintos se perderá el derecho al cobro de la ayuda.
Justificación, 15 días desde el fin del periodo subvencionable
- Es necesaria para percibir la ayuda.
Pago de la subvención
- En el momento de pago se comprobará que se cumplan todas las condiciones.
- La empresa recibirá el pago de la subvención tras justificar que se han acabado los trabajos.
Estas ayudas se convocan en el marco del Programa de Ayudas a la industria y la PYME en Aragón (PAIP).
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 796 581
- Correo electrónico. cadi@aragon.es
- Presencial. CADI Calle Monasterio de Samos s/n (edificio antiguo matadero) 50013 Zaragoza
- Presencial. Horario oficina de 9 a 14 horas, de lunes a viernes
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN
Normativa
Orden ICD/225/2023, de 28 de febrero, por la que se convocan para el ejercicio 2023, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP)
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón
Orden ICD/419/2022, de 12 de abril, por la que se modifca la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón y se convocan para el ejercicio 2022, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 11/03/2023 al 02/05/2023
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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