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Ayudas complementarias de educación especial - Convocatoria 2022 de ayudas complementarias de educación especial, curso 2021-2022

N° 9079

A través de este procedimiento se pueden solicitar las ayudas complementarias de educación especial correspondientes al curso 2021-2022

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Dirigido a

  • Alumnado escolarizado en centros privados concertados de Educación Especial por necesidad de escolarización de la Comunidad Autónoma de Aragón y aquel que haya sido derivado a otros centros de Educación Especial sostenidos con fondos públicos de Comunidades Autónomas limítrofes, que previamente haya solicitado las ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo del Ministerio con competencias en materia de educación no universitaria y que haga uso efectivo, respectivamente, de los servicios de comedor y/o transporte escolar ofertado por su centro escolar

Requisitos

  • Requisitos generales
    • a) Cumplir los requisitos para tener derecho a recibir las prestaciones de comedor y transporte escolar de forma gratuita establecidos en las Órdenes reguladoras de la organización y funcionamiento de los servicios de transporte y comedor escolar y convocatorias de residencias, así como en las sucesivas disposiciones de desarrollo de dichas cuestiones que anualmente se establezcan.
      • Respecto del alumnado matriculado en centros docentes de educación especial sostenidos con fondos públicos que no hayan obtenido plaza en el centro público de educación especial solicitado en primera opción en el proceso de admisión o que hayan sido derivados a centros docentes de educación especial de Comunidades Autónomas, se entenderá que cumplen los requisitos cuando su matrícula obedezca a necesidades de escolarización apreciadas por la administración educativa.
    • b) Tener residencia familiar, en la fecha a la que se refiera la solicitud, en una localidad de la Comunidad Autónoma de Aragón en la que se verifique la concurrencia de las circunstancias que determinan la posibilidad de ser beneficiario de estas ayudas.
    • c) Estar matriculados y asistir a las clases en el centro al que corresponda la escolarización por su residencia habitual. A estos efectos, el alumnado que no asista al centro por un periodo superior a 20 días lectivos, recibirá una cantidad de la ayuda proporcional al número de jornadas de efectiva asistencia al centro. El alumnado que injustificadamente no haya asistido a clase más de un 50% de los días lectivos, perderá el derecho a recibir estas ayudas.
    • d) No haber percibido beca o ayuda para este mismo fin procedente de otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados.
      • Excepción: deberán haber solicitado, previamente, las ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo del Ministerio con competencias en materia de educación no universitaria
    • e) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • f) Acreditar que son usuarios del servicio de transporte y/o comedor del centro.
    • g) Haber solicitado las ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, así como, en su caso, acreditar el importe de la ayuda que les ha sido concedida, para verificar que el importe total de las ayudas concedidas no supere el límite del coste efectivo del servicio.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Justificante de ser usuario del servicio de transporte y/o comedor escolar

    Justificante de ser usuario del servicio de transporte y/o comedor escolar si no lo aporta a través del centro docente

  • Ficha de alta de terceros

    Si han abonado el coste de los servicios

  • Cesión de derecho de cobro

    Si no han abonado el coste de los servicios.

  • Declaración responsable percepción otras ayudas o subvenciones

    Es obligatorio completar el apartado de la declaración responsable en la solicitud

  • Declaración responsable no estar incurso en prohibiciones de Ley Subvenciones

    Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones previstas en el artículo 5.1.e) de la Orden ECD/656/2019, de 13 de junio (13.2 Ley 38/2003, General de Subvenciones).

    Es obligatorio completar el apartado de la declaración responsable en la solicitud

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
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  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

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  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Centro donde se encuentre escolarizado el alumnado.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

10 días hábiles en las fechas que se establezcan en la convocatoria

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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