Volver a Ayudas de apoyo a Agrupaciones empresariales innovadoras para la realización de proyectos colaborativos

Ayudas de apoyo a Agrupaciones empresariales innovadoras para la realización de proyectos colaborativos - Convocatoria 2023

N° 9670

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEIs), para la realización de proyectos colaborativos.

Estas ayudas, tienen como finalidad fortalecer el potencial innovador, la competitividad y el crecimiento del tejido empresarial aragonés.

Plazo de presentación

Del 03/04/2023 al 26/04/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite

Requisitos

  • Tener su sede en la Comunidad Autónoma de Aragón y desarrollar en ella los proyectos y actuaciones.
  • Estar inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (anteriormente Economía, Industria y Competitividad).
  • Cumplir los requisitos exigidos en la legislación ambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca.
  • No haber sido sancionado por la autoridad laboral competente.
  • No haber sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Notificación registro AEIs

    Notificación estimatoria de la inscripción en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras, actualmente dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, vigente en el momento de solicitud de la ayuda.

  • Poder de representación

    Cuando el solicitante actúe por medio de representante, salvo que se acceda mediante certificado electrónico de la entidad en calidad de representante, deberán aportarse los documentos que acredite el poder de representación de éste último

  • Memoria descriptiva del proyecto

    Incluyendo en dicha memoria toda la información relativa a la justificación de los criterios de valoración recogidos en el artículo sexto de la convocatoria. La memoria servirá de referente para aplicar los criterios de valoración y deberá incluir también una relación detallada de gastos/inversiones previstas.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Verificación de Datos de Identidad

  • Certificados corriente de pagos e identificación fiscal

    Los certificados expedidos por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, así como por los órganos de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma, cuando el solicitante deniegue expresamente el consentimiento para acceder a los datos referidos. Igualmente, la copia de la identificación fiscal del interesado y del firmante de la solicitud.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 03/04/2023 al 26/04/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOA

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Trámites relacionados

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.