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Ayudas a PYMES para la realización de actuaciones en materia de comercio exterior - Convocatoria 2022

N° 8104

Ayudas para PYMES para la realización de actuaciones en materia de comercio exterior.

Las actuaciones subvencionables se destinarán a financiar las siguientes actividades:

- La organización y participación por parte de los beneficiarios de acciones de prospección comercial en terceros países y la presencia en ferias fuera del territorio español o dentro si tienen reconocido oficialmente su carácter internacional, misiones inversas y otras acciones similares.

- El aprovechamiento en el área de internacionalización y comercio exterior de las tecnologías de la información y comunicación.

- La mejora en la gestión y en la eficacia de la actividad exportadora.

Plazo de presentación

Del 04/04/2022 al 14/09/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Memoria descriptiva

    Memoria descriptiva, con extensión máxima de cuatro folios, en la que figure la relación de las actuaciones para las que se solicita la ayuda, en los que se desglose las actuaciones subvencionables y una evaluación de las cuestiones indicadas en la solicitud de conformidad con los indicadores del apartado cuarto.de la convocatoria.

  • Memoria económica

    Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, fecha de pago. Para el detalle de las facturas aportadas, se podrá cumplimentar la excel puesta a disposición.

    Descargar modelo Memoria económica
  • Facturas y justificantes de pago

    Justificantes de gasto y pago, con los correspondientes extractos bancarios de aquellas operaciones que se realicen a través de entidad financiera y facturas acreditativas de los gastos e inversiones incorporados en la relación de actuaciones.

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Si eres persona jurídica

  • Documentos justificativos de constitución de la entidad solicitante

    Documentos justificativos de constitución de la entidad solicitante y de su inscripción en el registro correspondiente o declaración de que constan en poder de la Administración, indicando el organismo y número de expediente en el que consta.

Si la actuación solicitada ha sido realizada por las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios, el Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio o Aragón Exterior- AREX

  • Certificado emitido por las Cámaras o Aragón Exterior

    Certificado emitido por las Cámaras de Comercio, Industrias y Servicios, o por el Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio o por Aragón Exterior-AREX, en el que se acredite que las actuaciones forman parte de las actividades, servicios y programas realizados u organizados por dichos organismos.

Si dispones de un Plan de Internacionalización

  • Plan de internacionalización

    Plan de internacionalización especifico de la empresa

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Validación de NIF de un contribuyente

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 04/04/2022 al 14/09/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Tres meses, computándose dicho plazo desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo Ver más

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