Autorización para la transmisión de fincas calificadas como reservadas en zonas regables
N° 864
A través de este trámite se solicita la autorización necesaria para la transmisión de fincas calificadas como reservadas en zonas regables.
Dirigido a
- Posibles comprador y vendedor
Requisitos
- El adquiriente tiene que cumplir las cualidades personales y de la superficie establecidas en el correspondiente Plan General de Transformación.
- Si el adquirente no fuese propietario de tierras en la zona regable, las fincas habrán de permitir la constitución de una unidad mínima de explotación, conforme a las determinaciones del Plan General de Transformación.
- La transmisión corresponderá a la totalidad de la propiedad declarada reservada en la zona regable.
- En todo caso, la transmisión no podrá someterse a pacto o condición que tengan por objeto la suspensión o resolución de sus efectos.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud
Declaración responsable sobre las propiedades
Que ambos solicitantes tienen en la zona regable, calificadas como reservadas suscritas cada uno por el respectivo propietario.
Alta en el Sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrarios
Documento expedido por el IASS o Tesorería General de la Seguridad Social, que acredita que el pretendido adquiriente en el momento de formular esta solicitud está en situación de alta en el Sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrarios, dentro del régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
ANEXO
Descargar modelo ANEXO
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Se tramita en los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
Más información en el Servicio de Infraestructuras Rurales de la Dirección General de Desarrollo Rural.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 694
- Correo electrónico. tramites.agma.sir@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Oficinas Comarcales Agroambientales
- Página web. Oficinas Comarcales Agroambientales
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
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- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Normativa
Ley 14/1992, de 28 de diciembre, de patrimonio agrario de la Comunidad Autónoma de Aragón y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario
Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario
Decreto 2871/1974, de 27 de septiembre, por el que se establecen provisionalmente normas sobre reintegro de las obras de interés común y régimen registral de las fincas reservadas en las grandes zonas de interés nacional
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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