Comunicación previa para la llevanza informatizada de los Libros - Registro de productos vitivinícolas
N° 455
A través de este trámite, los operadores de productos vitivinícolas, con instalaciones en Aragón, comunicarán la llevanza informatizada de los Libros-Registro oficiales.
Dirigido a
- Quienes en Aragón, en el ejercicio de su profesión o con fines comerciales, elaboren, transformen, almacenen o tengan en su poder un producto vitivinícola.
Requisitos
- Inscripción en registro de industrias agrarias y alimentarias.
- Planta embotelladora inscrita en el Registro de envasadores y embotelladores de vinos y bebidas alcohólicas.
- Inscrito en Registro de vinos varietales de Aragón (vinos sin DOP/IGP con indicación de añada y/o variedad)
- Inscripción en el registro de bodegas de la correspondiente DOP/IGP (operadores acogidos a DOP/IGP)
Información adicional
Deberá comunicarse la llevanza informatizada de los Libros-Registro que necesite el operador para su contabilidad vitícola.
Se formalizará una comunicación previa por cada establecimiento físico.
Los registros se consignarán en soporte informatizado a través de la aplicación "Viñedo Web" facilitada por el Gobierno de Aragón.
La llevanza informatizada de los Libros-Registro no permite la llevanza simultánea de unos libros en papel y otros informatizados, todos ellos deberán consignarse de forma electrónica.
Las existencias reales en el establecimiento figurarán como primera anotación en los registros informatizados diferenciándose por tipo de producto.
En los veinte primeros días hábiles de enero, abril, julio y octubre se deberán "Registrar los libros" desde la aplicación informática del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 105 - 976 714 229
- Correo electrónico. agricultura@aragon.es
- Correo electrónico. icaf@aragon.es
- Teléfono. Servicio de Seguridad Agroalimentaria 976 714 105
- Presencial. Unidad de Recursos Ganaderos y Seguridad Agroalimentaria. Servicio Provincial de Huesca, Teruel y Zaragoza
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Normativa
Orden AGA/1794/2023, de 27 de noviembre, por la que se regulan los documentos de acompañamiento de productos vitivinícolas, los registros que se deben llevar en el sector vitivinícola y el régimen de funcionamiento del registro de envasadores y embotelladores de vinos y bebidas alcohólicas en Aragón.
Reglamento 273/2018, de 11 de diciembre, de la Comisión, de 2017, por el que se completa el Reglamento n° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, el registro vitícola, los documentos de acompañamiento, la certificación, el registro de entradas y salidas, las declaraciones obligatorias, las notificaciones y la publicación de la información notificada
Reglamento Ejecución 274/2018, de 11 de diciembre, de la Comisión, de 2017, por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, la certificación, el registro de entradas y salidas, las declaraciones obligatorias y las notificaciones, y del Reglamento 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los controles pertinentes
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentación¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.