Autorización de botiquines farmacéuticos
N° 678
A través de este trámite, los ayuntamientos podrán solicitar la autorización para la instalación y funcionamiento de botiquines farmacéuticos en aquellos municipios donde no sea posible la instalación de una oficina de farmacia por no cumplir los requisitos necesarios.
Dirigido a
- Ayuntamientos
Requisitos
- Que el municipio, barrio u otra entidad territorial inferior al municipio donde se vaya a instalar, no tenga oficina de farmacia.
- El Ayuntamiento deberá disponer de un local que reúna condiciones para cumplir su función
- Cumplir con el resto de la normativa que le sea de aplicación.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Último padrón oficial
Localidad y número de habitantes según el último padrón oficial.
Determinación o justificación del local
Donde se pretende instalar el botiquín con indicación de caminos o vías de comunicación para acceder a oficinas de farmacia próximas
Designación del local
Justificación de la disponibilidad jurídica del local
Contrato de alquiler o escritura de propiedad
Plano
En el que conste la superficie útil de que se dispone, detalle de su distribución, localización exacta y características de sus accesos desde la vía pública.
Fechas de funcionamiento
En caso de botiquines estacionales
Justificante del pago de tasa 20. Tarifa 02
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Se entiende por botiquín farmacéutico aquel establecimiento sanitario:
- Vinculado a una oficina de farmacia.
- Donde no se pueda instalar una oficina de farmacia porque no se cumplan los requisitos establecidos para ello o donde todavía no exista aquella.
- Y en el que se den circunstancias de lejanía, difícil comunicación con la oficina de farmacia más cercana o altas concentraciones estacionales de población o cuando concurran, situaciones de emergencia que aconsejen su establecimiento.
Los traslados de los botiquines requieren autorización administrativa.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. farmacia@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
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- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA SANITARIA Y PLANIFICACIÓN
Normativa
Ley 1/2010, de 1 de marzo, por la que se modifica la Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica para Aragón, en materia de nuevas aperturas de farmacias
Ley 2/2001, de 8 de marzo, de modificación de la Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica para Aragón
Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica para Aragón
Decreto 124/2017, de 18 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Reglamento de desarrollo de la Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica, en materia de oficinas de farmacia y botiquines, aprobado por Decreto 197/2009, de 17 de noviembre
Decreto 214/2010, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican el Decreto 197/2009 de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica, en materia de Oficinas de Farmacia y Botiquines y determinados preceptos y el anexo de aquel Reglamento
Decreto 197/2009, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica, en materia de Oficinas de Farmacia y Botiquines
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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