Autorización de centro de limpieza y desinfección de vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero
N° 866
A través de este trámite se podrá solicitar la autorización para el funcionamiento de los centros de limpieza y desinfección de vehículos dedicados al transporte por carretera de animales de producción, productos para su alimentación o subproductos de origen animal no destinados al consumo humano.
Dirigido a
- Titulares de los centros de limpieza y desinfección
Requisitos
-
Estar situados a una distancia mínima de un kilómetro de cualquier explotación ganadera, con las siguientes excepciones:
- Los anejos a un establecimiento (explotación ganadera, núcleo zoológico, centro de concentración, puesto de control, matadero, establecimiento SANDACH).
- Los autorizados por el órgano competente de la comunidad autónoma, antes de la entrada en vigor de este real decreto, siempre y cuando a juicio de la misma su situación no suponga un riesgo sanitario.
- Los de uso restringido (dan servicio exclusivo a una agrupación, empresa o asociación), si la explotación pertenece a la entidad a la que dan servicio y hay consentimiento expreso de los tituñlazress
- Los situados en zonas de alta densidad ganadera que se instalen dentro de un polígono industrial con medidas de bioseguridad
- Aquellos eximidos mediante norma
- Los de nueva instalación anejos a embarcaderos, básculas y mangas de manejo, de uso público que se encuentren en funcionamiento.
- En aquellos centros en los que durante la desinfección se empleen biocidas de uso por personal profesional especializado, cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 830/2010, de 15 de junio.
- Cumplir lo dispuesto en el anexo I del Real Decreto 638/2019 sobre equipos e instalaciones.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Formulario de solicitud
Informe técnico
Copia de la licencia de inicio de actividad o documento equivalente
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En caso de personas jurídicas deberá aportarse además:
Copia documento de constitución
Acreditación del representante de la entidad
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La autorización faculta para utilizar los talonarios oficiales de desinfección para vehículos de transporte de ganado.
Responsable: Servicio de Sanidad, Trazabilidad y Bienestar Animal, Dirección General de Calidad y Seguridad Agroalimentaria. Se tramita en los Servicios Provinciales del Departamento."
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 774
- Correo electrónico. tramites.agma.srg@aragon.es
- Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales
- Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Normativa
Real Decreto 638/2019, de 8 de noviembre, por el que se establecen las condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera de animales vivos, productos para la alimentación de animales de producción y subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, y se crea el Registro nacional de centros de limpieza y desinfección
Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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