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Apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia Covid-19 - Convocatoria adicional de ayudas

N°7420

En este trámite se podrán solicitar las ayudas a autónomos y empresas de la convocatoria adicional de la línea COVID a las que se refiere el RDL 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Plazo de presentación

Del 16/11/2021 al 25/11/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite

Requisitos

  • No haber obtenido el importe máximo de la ayuda concedida en la convocatoria anterior efectuada mediante Orden HAP/732/2021 de 25 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de la línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas a las que se refiere el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
  • Podrán presentar una solicitud en el nuevo plazo habilitado por la presente convocatoria aquellos interesados que, habiendo recibido una ayuda en la convocatoria publicada en la Orden HAP/732/2021, de 25 de junio, consideren que el importe concedido puede ser incrementado por la presente convocatoria. En este caso, la solicitud de esta segunda convocatoria deberá incluir tanto todos los gastos subvencionables para los que ya se pidió subvención, como los nuevos gastos subvencionables que supongan un incremento de la ayuda. En la resolución que se emita, en todo caso, se tendrá en cuenta el importe que se hubiera concedido en la primera solicitud, tal y como se indica en el apartado 4 del artículo 22. En ningún caso la suma de las subvenciones concedidas en ambas convocatorias a un mismo perceptor podrá superar las cuantías máximas previstas en Real Decreto-ley 5/2021, de 12 marzo.
  • Aquellos solicitantes que no hayan obtenido ayuda en la convocatoria efectuada por la Orden HAP/732/2021, de 25 de junio, o no la hubieran solicitado, podrán presentarse a esta convocatoria adicional siempre que cumplan los requisitos señalados.
  • Todos los demás requisitos exigidos en la convocatoria de la Orden HAP/732/2021 de 25 de junio

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Si se delega en un representante la actuación en el procedimiento:

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

Información adicional

La obtención de la subvención estará condicionada al cumplimiento de los siguientes compromisos:

a) Mantenimiento de la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.

b) No acordar ni repartir dividendos durante 2021 y 2022.

c) No aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde la concesión de la subvención.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 16/11/2021 al 25/11/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Antes del 31 de diciembre de 2021

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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