Apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia Covid-19 - Aportación del certificado de no aprobar los incrementos en las retribuciones de la alta dirección. Primera convocatoria
N° 9972
En este trámite podrás presentar el certificado de no aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde la concesión de la subvención, de acuerdo con el artículo 5.4.c) de la Orden HAP 732/2021, de 25 de junio, en caso de que haya sido beneficiario de las mismas.
Dirigido a
- Beneficiarios de las ayudas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia Covid-19, convocadas mediante la Orden HAP 732/2021, de 25 de junio
Requisitos
- Ser beneficiario de las ayudas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia Covid-19, convocadas mediante la Orden HAP 732/2021, de 25 de junio.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Certificado no aprobar incrementos retribuciones alta dirección
Debe cumplimentarse el certificado y, una vez firmado, aportarlo a través de Tramitador Telemático Online.
Descargar modelo Certificado no aprobar incrementos retribuciones alta dirección
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Aclaraciones e información sobre el procedimiento. ayudascovid@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
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- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Normativa
Resolución de 23 de octubre de 2023 del Secretario General Técnico de Hacienda y Administración Pública por la que se determina el inicio del plazo de presentación de certificado acreditativo de no haber aprobado incrementos en las retribuciones de alta dirección en la convocatoria de la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas a la que se refiere el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19
Orden HAP 845/2021, de 19 de julio, por la que se modifica la Orden HAP/732/2021, de 25 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de la línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas a las que se refiere el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
Orden HAP 732/2021, de 25 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas a la que se refiere el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19
Decreto-ley 3/2021, de 16 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias de gestión administrativa y económica de las ayudas incluidas en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19
Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias en apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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