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Gestión de las Instalaciones de almacenamiento de productos químicos - APQ: Comunicación de la baja de una instalación

N° 10609

A través de este trámite, se podrá comunicar a la autoridad competente el cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial en la baja de instalaciones de almacenamiento de productos químicos.

Se notificará la baja de instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos, tanto en estado sólido como líquido o gaseoso. También de sus servicios auxiliares en toda clase de establecimientos industriales y almacenes, así como de almacenamientos de establecimientos comerciales y de servicios que no sean de pública concurrencia. Igualmente se comunicará el almacenamiento en recipientes fijos de líquidos combustibles con punto de inflamación superior a 60°C e inferior o igual a 100°C.

Así mismo, se podrá comunicar el resultado de las inspecciones periódicas realizadas en las instalaciones.

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Dirigido a

  • El titular de la instalación: persona física o jurídica que figura como responsable ante la Administración, de las obligaciones impuestas en la normativa y reglamentación vigente. Podrá ser el propietario, arrendatario, administrador, gestor o cualquier otra cuyo título le confiera esa responsabilidad. Será quien comunique la puesta en servicio, la modificación o ampliación, la baja y el cambio de titular de las instalaciones.

Requisitos

  • Instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos, tanto en estado sólido como líquido o gaseoso, y sus servicios auxiliares en toda clase de establecimientos industriales y almacenes, así como almacenamientos de establecimientos comerciales y de servicios, que no sean de pública concurrencia. Se entenderá por productos químicos peligrosos, las sustancias o mezclas consideradas como peligrosas en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.
  • Almacenamientos en recipientes fijos de líquidos combustibles con punto de inflamación superior a 60 °C e inferior o igual a 100 °C.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documentación justificativa de la baja

    Documento que acredite el desmantelamiento de las instalaciones.

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

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