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Adhesión Municipios Programa Volveremos - Convocatoria 2025

N° 10885

A través de este trámite se podrán adherir las Entidades Locales Aragonesas, que deseen cofinanciar el programa “Volveremos 2025” de fomento del pequeño comercio minorista, para la dinamización comercial en el medio urbano y rural de la Comunidad Autónoma de Aragón,

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Dirigido a

  • Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Aragón, que dispongan de al menos un establecimiento comercial y que adquieran el compromiso de cofinanciar el programa “Volveremos” conjuntamente con el Gobierno de Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Memoria descriptiva

    Breve memoria en la que se indique:

    • La cuantía que el ayuntamiento va a destinar en la presente convocatoria del Programa Volveremos.

    • La población del municipio según el último censo del Instituto Nacional de Estadística (INE).

    • La relación de los establecimientos comerciales en grandes superficies ubicados en el municipio con indicación de la superficie de sus salas de venta.

  • Certificado de estar al corriente

    Certificado, de la persona secretaria o secretaria-interventora del ayuntamiento, relativo a la condición de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuenta de Aragón, de acuerdo con la normativa aplicable, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con personas o entidades proveedoras.

  • Solicitud informe no duplicidad

    Solicitud de informe sobre la inexistencia de duplicidades al que se refiere el artículo 7.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, para la participación en la convocatoria del programa volveremos 2025.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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