Actuaciones relativas a la declaración y aprovechamiento de los distintos tipos de aguas de la Sección B de la Ley de Minas - Declaración de la condición de aguas minero-industriales
N° 43
A través de este trámite, podrá solicitarse la declaración de la condición de aguas minero-industriales las aguas que cumplan determinados requisitos.
Se consideran aguas minero-industriales a aquellas que permiten el aprovechamiento racional de las sustancias que contienen, incluyendo también las tomadas del mar para tal fin.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Personas físicas
- Personas jurídicas
Documentación
Presentar en todos los casos:
Instancia
En la que conste nombre y apellidos o razón social y domicilio del peticionario.
Memoria con expresión de la situación
Características de la procedencia de las aguas, fines a los que se destina.
Plano de situación
Acreditación de la titularidad del terreno o acuerdo con el propietario
Autorización administrativa de la ejecución del pozo
En caso de tratarse de un pozo. Minas y Confederación hidrográfica.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Son Aguas minero-industriales aquellas que permiten el aprovechamiento racional de las sustancias que contienen, incluyendo también las tomadas del mar para tal fin.
La Declaración de esta condición es requisito previo para su aprovechamiento.
Presentación de la solicitud
Presencial
-
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- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
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- Correo electrónico. Huesca. minas.huesca@aragon.es / Teruel. stminas@aragon.es / Zaragoza. spzindminas@aragon.es
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- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
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En plazo
Trámite presencial
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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