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Actuaciones relativas a la declaración y aprovechamiento de los distintos tipos de aguas de la Sección B de la Ley de Minas - Autorización de aprovechamiento de aguas termales

N° 48

A través de este trámite, podrá solicitarse la autorización necesaria para el aprovechamiento de aguas termales que previamente han sido reconocidas como tales.

Se consideran aguas termales aquellas cuya temperatura de surgencia es superior, al menos, en 4ºC a la media anual del lugar de alumbramiento. Estas pueden ser destinadas a usos terapéuticos o industriales. En este último caso, la producción calorífica máxima ha de ser inferior a 500 termias por hora.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Dirigido a

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas

Requisitos

  • La Declaración previa de esta condición.
  • Derecho que le asiste al peticionario para el aprovechamiento de las aguas.
  • Destino que se dará a las mismas.
  • Designación del perímetro de protección que considere necesario, con justificación avalada por técnico competente.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Instancia

    En la que conste nombre y apellidos o razón social y domicilio del peticionario.

  • Derecho que asiste al peticionario

    Para el aprovechamiento de las aguas, destino que se dará a las mismas y designación del perímetro de protección que considere necesario, con justificación avalada por técnico competente.

  • Proyecto general de aprovechamiento

  • Inversiones a realizar

    Estudio económico de financiación y garantías de viabilidad ofrecidas.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Son Aguas termales:

- Aquellas cuya temperatura de surgencia es superior, al menos, en 4ºC a la media anual del lugar de alumbramiento.

- Estas pueden ser destinadas a usos terapéutico o industrial. En este último caso, la producción calorífica máxima ha de ser inferior a 500 termias por hora.

La Declaración de esta condición es requisito previo para su aprovechamiento.

Presentación de la solicitud

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

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En plazo

Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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