Actuaciones relativas a autorizaciones para el aprovechamiento de estructuras subterráneas - Autorización de aprovechamiento
N° 50
A través de este trámite, podrá solicitarse la autorización necesaria para el aprovechamiento de estructuras subterráneas destinadas al almacenamiento de residuos u otros productos, reconocidos como tal en la Sección B de la Ley de Minas.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Personas físicas
- Personas jurídicas
Requisitos
- Calificación previa de la Estructura subterránea como recurso de la Sección B).
Documentación
Presentar en todos los casos:
Instancia
En la que conste:
- Nombre y apellidos o razón social y domicilio del peticionario.
- Descripción y emplazamiento de la Estructura.
- Formaciones geológicas afectadas, contexto estructural y justificación de su estanqueidad.
- Tipo de utilización, naturaleza del producto o residuo a almacenar y régimen de aprovechamiento temporal o permanente.
- Duración de la Autorización solicitada y Perímetro o volumen de protección que se considere oportuno.
Capacidad técnica y económica
En relación con la importancia de los trabajos y utilización solicitada.
Memoria justificativa de la utilización
Aspectos geográficos, geológicos, hidrogeológicos y mineros; aptitud para el almacenamiento en condiciones no contaminantes o que no impliquen peligrosidad actual o futura para las personas, impacto ambiental, bienes o derechos de terceros, o para la conservación o aprovechamiento de otros recursos.
Proyecto de utilización
Propuesta de indemnización a terceros
Por los bienes o derechos que pudieran resultar afectados.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Son Estructuras subterráneas:
- Depósitos geológicos natural o artificialmente producidos como consecuencia de operaciones reguladas por la Ley de Minas, que por sus características permitan retener naturalmente y en profundidad cualquier producto o residuo que en ellos se vierta o inyecte.
- Además, las creadas artificialmente que resulten aptas para almacenar productos minerales o energéticos o acumular energía bajo cualquier forma.
De estimarse insuficientemente conocida la Estructura, se presentará un programa de reconocimiento previo y detallado de la misma y de su entorno de influencia, así como un plan de restauración.
Presentación de la solicitud
Presencial
-
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Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
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Contacto y ayuda
- Teléfono. Huesca. 974293080 / Teruel. 978641226 / Zaragoza. 976714085
- Correo electrónico. Huesca. minas.huesca@aragon.es / Teruel. stminas@aragon.es / Zaragoza. spzindminas@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
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- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
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- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Normativa
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería
Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos
Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Trámite presencial
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Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
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