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Ayudas para la mejora de los emplazamientos donde se realizan actividades de tiempo libre.

N°5584

Convocatoria de ayudas destinadas a entidades sin ánimo de lucro, personas físicas y entidades locales, para la mejora de los espacios e instalaciones en donde se realizan las actividades juveniles de tiempo libre que son objeto de regulación en el Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón (acampadas, colonias y campos de voluntariado).

Plazo de presentación

Del 02/03/2024 al 02/04/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Las entidades sin ánimo de lucro y personas físicas, que acrediten ser los/as propietarios/as de los emplazamientos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón destinados a la realización de actividades juveniles de tiempo libre. En el caso de que la beneficiaria sea una entidad, deberá estar legalmente constituidas, con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Las Entidades Locales aragonesas a las que se refiere el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que acrediten que son los/as propietarios/as de los emplazamientos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón destinados a la realización de actividades juveniles de tiempo libre.

Requisitos

  • Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos dirigidos a la mejora de las áreas y emplazamientos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, destinados a la realización de actividades juveniles objeto de regulación en el Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, siempre y cuando cumplan todos los requisitos establecidos en los artículo 7.1 y 7.2 de la citada normativa y hayan realizado y comunicado debidamente al Instituto Aragonés de la Juventud, al menos, tres actividades objeto de dicho Decreto, durante el periodo comprendido entre 2017-2023.
  • Cada solicitante podrá presentar un proyecto por emplazamiento, y como máximo se podrán subvencionar dos proyectos por entidad sin ánimo de lucro, persona física o entidad local.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Declaración Responsable-Anexo I

    Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones

    para obtener la condición de persona beneficiaria prevista en el artículo 13.2 de la Ley

    38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y normativa sectorial de

    aplicación, así como de cumplir con la obligación señalada en el artículo 9. b) del Texto

    refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo

    2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón y demás requisitos y condiciones

    reseñados en el artículo 44.3 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón,

    aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón

    Descargar modelo Declaración Responsable-Anexo I
  • Declaración subvenciones concedidas-Anexo II

    Declaración de las subvenciones concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra Administración o entidad pública o privada relativas al mismo proyecto.

    Descargar modelo Declaración subvenciones concedidas-Anexo II
  • Declaración responsable sobre el emplazamiento-Anexo III

    Declaración responsable de que el emplazamiento objeto de la subvención

    reúne los requisitos establecidos en el artículo 7.1 y 7.2 del Decreto 74/2018, de 24 de

    abril, del Gobierno de Aragón y que además en él se han se han realizado y comunicado,

    al menos, tres actividades juveniles de tiempo libre, dentro del periodo comprendido

    entre 2017-2023

    Descargar modelo Declaración responsable sobre el emplazamiento-Anexo III
  • Memoria-Anexo IV

    Memoria justificativa de cada proyecto solicitado.

    Descargar modelo Memoria-Anexo IV
  • Certificado cumplimiento obligaciones art. 9c) de la Ley de Subv. Aragón-Anexo V

    Descargar modelo Certificado cumplimiento obligaciones art. 9c) de la Ley de Subv. Aragón-Anexo V
  • Ficha de terceros del IAJ

    Las entidades sin ánimo de lucro y entidades locales interesadas deberán comunicar los datos identificativos y número de cuenta corriente con certificado digital a través del siguiente enlace: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ficha-terceros/identificacion.

    En el caso de personas físicas o imposibilidad material de tramitación electrónica se podrá presentar la ficha de terceros de forma manual. El formulario se encuentra disponible en la presente dirección: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria.

    Descargar modelo Ficha de terceros del IAJ
  • Acreditación de la Cámara de Cuentas (solo Entidades Locales)

    Las Entidades Locales deberá acreditar estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, debe haber adoptado medidas de racionalización del gasto y debe haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Certificado de la titularidad del emplazamiento objeto de la subvención.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Las entidades sin ánimo de lucro y locales presentarán su solicitud de forma electrónica a través de los registros electrónicos de la Administración. La aplicación informática se halla disponible en la sede

electrónica del Gobierno de Aragón, https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general.

Las personas físicas podrán hacerlo a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón o en cualquier registro habilitado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Las personas físicas solicitantes que no opten por presentar la solicitud de forma electrónica o en caso de imposibilidad material en el supuesto de las entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, la tramitación de las solicitudes se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

OTRO

Las entidades sin ánimo de lucro y locales presentarán su solicitud de forma electrónica a través de los registros

electrónicos de la Administración. La aplicación informática se halla disponible en la sede

electrónica del Gobierno de Aragón, https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general.

Las personas físicas podrán hacerlo a través de la sede electrónica del G.A, o en cualquier registro habilitado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. lunes a viernes, no festivos, de 9:00 a 14:00 horas 978 624 440

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 02/03/2024 al 02/04/2024

Fuera de plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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