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Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios de Aragón - Alta en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) (industrias, transportistas, distribución e importación).

N°10200

Se inscribirán en este Registro General cada uno de los establecimientos de las empresas alimentarias o, en el caso de que éstas no tengan establecimientos, las propias empresas, siempre que la sede del establecimiento o la sede o domicilio social de la empresa que no tenga establecimiento esté en territorio español y su actividad sea, producción, transformación, elaboración y/o envasado, almacenamiento y/o distribución y/o transporte o importación de alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano, materiales y objetos destinados a estar en contacto con alimentos o coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de alimentos.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Personas físicas o jurídicas con establecimientos físicos o sedes sociales ubicadas en ARAGÓN y que comercialicen con otras empresas.

Requisitos

  • Según el destinatario directo de sus productos corresponde uno u otro registro:
    • Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) en caso de empresas o establecimientos que comercialicen con otras empresas o establecimientos.
    • Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios de Aragón (RSEAA), en el caso de comercio al por menor y que sus productos sean destinados principalmente, directamente al consumidor final.
  • Las personas físicas o jurídicas con establecimiento o en caso de no tener establecimiento, su razón social, tienen que estar ubicadas en Aragón, y dedicarse a elaborar, manipular, envasar, almacenar, distribuir o importar alimentos de consumo humano o productos alimenticios y/o materiales destinados a entrar en contacto con los alimentos.
  • Realizar una actividad comercial de producción, transformación, elaboración, almacenamiento, distribución, transporte o importación de alimentos para consumo humano, productos alimenticios, coadyuvantes tecnológicos o materiales u objetos en contacto con los alimentos.

Pago de tasas

Para completar el trámite es necesario el pago de la Tasa 13, tarifa 14 y 17.

En el caso de transportistas, distribuidores sin instalaciones, importadores y empresas de restauración sin instalaciones, solo abonarán la tarifa 17.

Tarifa 14: por la realización de inspecciones o auditorías oficiales a petición de parte con motivo de la inscripción/autorización en los registros sanitarios RGSEAA y RSEAA.

Tarifa 17: por las anotaciones en los registros sanitarios RGSEAA y RSEAA.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • memoria de actividad

    En esta memoria que debes presentar, es importante incluir al menos qué productos planeas elaborar o vender, así como los procesos de elaboración, envasado, etc. y a quién van destinados los productos. Puedes presentar la memoria en formatos como doc., pdf, entre otros.

    En el caso de los transportistas no es necesario presentar esta memoria.

  • Justificante del pago de la tasa 13.

    Deberá presentar el justificante de haber realizado el pago efectivo de la tasa 13, tarifa (14 y/o 17) según proceda, ya sea de la entidad bancaria o del pago realizado de forma electrónica.

  • Modelo II. Solicitud para el registro general sanitario (RGSEAA).

    Solo como alternativa a la tramitación telemática se podrá presentar de forma presencial este Modelo II de solicitud.

    En este Modelo II, hay que cumplimentar los datos referidos a titular, datos del establecimiento, etc. y seleccionar en trámite a realizar: inscripción inicial.

    En la página dos, se indican los documentos a presentar y otros datos a cumplimentar según el trámite a realizar.

    Descargar modelo Modelo II. Solicitud para el registro general sanitario (RGSEAA).

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

El Modelo II de RGSEAA, solo se cumplimentará como alternativa a la tramitación telemática. No es obligatorio presentarlo siempre.

Información adicional

En el caso de solo inscripción en el registro, no aplicará el silencio administrativo y no habrá una resolución expresa. Sin embargo, en el caso de que además sea necesaria una autorización, si transcurren tres meses sin que se emita una resolución, se considerará que la solicitud ha sido desestimada.

En caso de realizar todo el trámite de forma telemática no hace falta presentar el PDF (Modelo II de solicitud de RGSEAA).

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Tres meses. En el caso de inscripción no aplica el silencio administrativo ni hay resolución. Si se trata de autorización transcurridos tres meses sin emitir resolución, la solicitud se entenderá DESE...

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