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Actuaciones relativas a los recursos de las secciones A, C y D de la Ley de minas, así como a otras labores recogidas en el Reglamento General de Normas Básicas - Aprobación de Planes de Labores

N° 74

A través de este trámite se puede presentar una solicitud para la obtención de la Aprobación de Planes de Labores de Autorizaciones de explotación para el aprovechamiento de recursos de la Sección A) de la Ley de Minas, Aprobación de Planes de Labores de Concesiones de Explotación de las Secciones C) y D) de la Ley de Minas, así como Aprobación de Planes de Labores de Permisos de Investigación de las Secciones C) y D) de la Ley de Minas.

Plazo de presentación

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Dirigido a

  • Personas físicas explotadoras de un aprovechamiento de recursos de la sección A) de la Ley de Minas, de una concesión de explotación de las secciones C) o D) de la Ley de Minas, así como personas físicas titulares de un Permiso de Investigación de las secciones C) o D) de la Ley de Minas
  • Personas jurídicas explotadoras de un aprovechamiento de recursos de la sección A) de la Ley de Minas, de una concesión de explotación de las secciones C) o D) de la Ley de Minas, así como personas jurídicas titulares de un Permiso de Investigación de las secciones C) o D) de la Ley de Minas

Requisitos

  • Ser explotador de un aprovechamiento de recursos de la Sección A) de la Ley de Minas.
  • Ser explotador de una concesión de explotación de las secciones C) o D) de la Ley de Minas
  • Ser titular de un Permiso de Investigación de las secciones C) o D) de la Ley de Minas

Pago de tasas

Modelo 514. Tasa 14, tarifa 33 (artículo 61 del Decreto legislativo 1/2004, de 27 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas, URL: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOA-d-2004-90019).

Hasta que no exista autoliquidación para esta tarifa, deberá pagarse el importe indicado por el Servicio Provincial, una vez se haya presentado la solicitud de aprobación del Plan de Labores.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Instancia

    En la que conste:

    - NIF, nombre y apellidos o razón social del titular o explotador del derecho minero. Correo electrónico y teléfono de contacto.

    - En su caso, NIF, nombre y apellidos del representante. Correo electrónico y teléfono de contacto. Deberá adjuntar el documento que acredite su poder de representación.

    - Nombre y nº de registro de la explotación de que se trate.

    - Nombre y apellidos de la Dirección Facultativa.

    - Otros datos básicos del derecho minero y del plan de labores, según va solicitando el formulario online:

    https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/actuaciones-recursos-secciones-a-c-d-ley-minas-aprobacion-planes-labores/identificacion

  • Planes de Labores Digital

    Plan de Labores, cuyo modelo oficial se genera a través de la aplicación de escritorio descargable en la página oficial del Ministerio

    https://plandelabores.es/WP/?page_id=2

  • Informe de la Dirección Facultativa

    Informe de la directora o director facultativo de acuerdo con los artículos 31, 75 y 92 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-29905

  • Documento de Seguridad y Salud

    Elaborado según la Orden ITC/101/2006, de 23 de enero (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-1373).

    Deberá incluir la Memoria sobre "Protección de los trabajadores contra el riesgo por inhalación de polvo y sílice cristalina respirables", según la ITC 02.0.02, aprobada por la Orden TED/723/2021, de 1 de julio (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-11458).

Información adicional

El plan de labores se presentará en el Servicio Provincial de Presidencia, Economía y Justicia de la provincia donde esté ubicado el aprovechamiento, con carácter anual, de acuerdo con lo expresado en el Reglamento General para el Régimen de la Minería (en especial artículos 31, 75 y 92), aprobado por Real

Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BOE núm. 295, de 11/12/1978), disponible en la URL https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-29905

Este Plan se elabora con la aplicación de escritorio promovida por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en colaboración con diversas Comunidades Autónomas, descargable en la URL https://plandelabores.es/WP/

Además se deberán adjuntar como ficheros independientes:

- Informe de la Dirección Facultativa, que incluirá también la memoria ambiental sobre el cumplimiento de toda la normativa medioambiental de aplicación.

- Documento de Seguridad y Salud (según Orden ITC/101/2006, de 23 de enero, modificada por Orden TED/252/2020, de 6 de marzo), disponible en la URL https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-1373

Deberá incluir la memoria sobre Protección de los trabajadores contra el riesgo por inhalación de polvo y sílice cristalina respirable, según la ITC 02.0.02, aprobada por la Orden TED/723/2021, de 1 de julio, disponible en la URL https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-11458

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

2 meses en caso de Secciones A) y Permisos de Investigación, y de 3 meses en caso de concesiones de explotación de Secciones C) y D)

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