Subtipología INAGA 02E. Modificación puntual de la autorización ambiental integrada

Trámite de modificación puntual de la autorización ambiental integrada concedida a una instalación, ubicada en la Comunidad Autónoma de Aragón, debido a cambios en las condiciones de funcionamiento o derivadas de una modificación no sustancial, reconocida previamente.

Presentación de solicitudes

Subtipología 02E. (Procedimiento 325). Modificación puntual de la autorización ambiental integrada

(INAGA). Tipología 02 - Autorización ambiental integrada

(Trámites). Procedimiento INAGA 02E - Modificación puntual de la autorización ambiental integrada

Información específica del procedimiento administrativo

Tipología INAGA 02: Autorización Ambiental Integrada (AAI)

Acceda al enlace si desea consultar la información a nivel de tipología INAGA.

Denominación

Modificación puntual de la autorización ambiental integrada

Descripción

Se considera modificación puntual de la autorización ambiental integrada cualquier modificación que requiera el cambio de alguna parte de la resolución vigente que se refiera a las condiciones de funcionamiento exclusivamente, o a las condiciones afectadas por una modificación no sustancial reconocida por el órgano ambiental competente. Puede tramitarse de oficio o a instancia del interesado.

La autorización ambiental integrada se modificará de oficio en los siguientes casos:

  • Si la contaminación producida hace conveniente la revisión de los Valores Límite de Emisión (VLE) o de otras condiciones.

  • Si se produce una variación importante del medio receptor.

  • Si aparecen nuevas Mejores Técnicas Disponibles (MTD), validadas por la Unión Europea, que permiten reducir significativamente las emisiones sin imponer costes excesivos.

  • Si la seguridad de funcionamiento del proceso o la instalación hace necesario utilizar otras técnicas.

  • Cuando el organismo de cuenca estime que existen circunstancias que justifiquen la revisión o modificación de las condiciones de vertido de aguas residuales.

  • Si lo exige la legislación sectorial que resulte de aplicación a la instalación.

El procedimiento de modificación puntual de una autorización ambiental integrada (regulada en el artículo 64 de la Ley 11/2014 de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, BOA número 241, de 10/12/2014), cuando no sea practicada de oficio, se iniciará a solicitud del titular de la instalación con la finalidad de actualizar la autorización administrativa a las modificaciones no sustanciales que se hubieran producido en la instalación.

El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, en el plazo de un mes, requerirá al promotor para que aporte la documentación técnica para tramitar la modificación puntual de la autorización ambiental integrada. Si no se aporta esta documentación técnica requerida, se procederá al archivo de las actuaciones realizadas en el procedimiento administrativo.

El plazo para resolver el procedimiento de modificación puntual será de tres meses. La resolución se notificará:  

  • Al titular de la instalación.

  • Al ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique la instalación.

  • A los órganos que hubieran emitido informes en el procedimiento de modificación puntual de la autorización.

La resolución de modificación puntual se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Se presentará la solicitud, ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA,) con una antelación mínima de 3 meses antes de la fecha en la que se pretenda modificar la instalación.

Preguntas frecuentes sobre autorización ambiental integrada

Requisitos de los solicitantes

Ser titular (explotador) o promotor de una instalación y disponer de autorización ambiental integrada en vigor.

Tasas

Tasa 28 por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente

Tarifa 03. Por el otorgamiento, renovación, revisión o modificación de la autorización ambiental integrada de instalaciones ganaderas.

d) En los supuestos de modificaciones concretas de las autorizaciones ambientales integradas que ya se hubieran otorgado y que se correspondan con cambios concretos del condicionado, incluso los referidos a la modificación del ámbito temporal de la declaración, la cuota será de 334,62 euros.

Tarifa 03 bis. Por el otorgamiento, renovación, revisión o modificación de la autorización ambiental integrada de instalaciones no ganaderas.

d) En los supuestos de modificaciones concretas de las autorizaciones ambientales integradas que ya se hubieran otorgado y que se correspondan con cambios concretos del condicionado, incluso los referidos a la modificación del ámbito temporal de la declaración, la cuota será de 395,46 euros.

Observaciones

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo de tramitación: 3 meses.
  • Régimen intervención administrativa: previo.
  • Efecto del silencio: negativo.
  • Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 02.

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

Documento de referencia para cumplimentar los formularios de autorización ambiental integrada (PDF, 998 KB)

Documento de referencia sobre evaluación y autorización ambiental (PDF, 1,2 MB)

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de modificación puntual de la Autorización Ambiental Integrada (AAI) en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:

  • Atención por correo electrónico: 

  • Atención telefónica: 

    • Área II - Medio natural: 976 716 023

    • Área III - Medio ambiente industrial: 976 716 024

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 02E tramitados en INAGA (xlsx 30kb)

Estadísticas INAGA. Evolución de la distribución del tiempo de tramitación de expedientes de la subtipología 02E en INAGA (xlsx 25kb)

Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 02E en INAGA (xlsx 42kb)

A través del Visor GIS INAGA de Resoluciones públicas puede visualizar la localización de resoluciones de expedientes de la Tipología INAGA 02 - Autorización Ambiental Integrada.

Última actualización: 02/10/2024

Información y recursos asociados

Enlaces de interés

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