Seguridad Industrial. Guía de servicios para el almacenamiento de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos

Guía de servicios para la puesta en servicio y bajas de las instalaciones de depósitos fijos de gases licuados del petróleo.

Objeto

Esta Guía pretende hacer efectivo el principio de información a los ciudadanos y de publicidad de la acción administrativa. Se recoge el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos, tanto para:

  • Comunicación para la puesta en servicio por nueva instalación o por modificación o por ampliación de instalaciones no destinadas al suministro de instalaciones de distribución por canalización, o que den servicio a las instalaciones receptoras de una misma comunidad sin suministrar a terceros.

  •  Solicitud de autorización para la construcción y comunicación para la puesta en servicio de instalaciones de depósitos fijos de GLP destinadas al suministro de instalaciones de distribuición por canalización.

  • Comunicación de bajas de instalaciones

Las instalaciones de depósitos fijos de GLP están clasificadas según la suma de los volúmenes geométricos nominales de todos los depósitos según la norma UNE 60250 y más concretamente en la TABLA 1.

Destinatarios (beneficiarios u obligados)

Usuario de la instalación: Como responsable del uso correcto de la instalación y de las obligaciones que le impongan la normativa y reglamentación vigente, será quien comunique el trámite previsto.

Sobre el Procedimiento

Requisitos exigidos

Las instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos se clasifican en función de que estén destinadas a:

  • No destinadas al suministro de instalaciones de distribución por canalización, o que den servicio a las instalaciones receptoras de una misma comunidad sin suministrar a terceros(comunicación)

  • Si destinadas al suministro de instalaciones de distribución por canalización(solicitud de autorización para la construcción y comunicación para la puesta en servicio).

La documentación requerida en las tramitaciones referidas está recogida en la TABLA 1

Tasas

Si los trámites se realizan directamente ante los Servicios Provinciales, las tasas de aplicación son:

  • Tramitación de instalaciones con Proyecto técnico y autorización administrativa para la construcción (distribución): según escala de gravamen

  •  Tramitación de instalaciones con Proyecto técnico sin autorización administrativa, no destinadas al suministro de instalaciones de distribución por canalización, o que den servicio a las instalaciones receptoras de una misma comunidad sin suministrar a terceros: 129,50 €

  •  Tramitación de instalaciones con Memoria técnica, no destinadas al suministro de instalaciones de distribución por canalización, o que den servicio a las instalaciones receptoras de una misma comunidad sin suministrar a terceros: 86,35 €

Lugar de presentación (Órganos Gestores)

Cuando el trámite suponga la puesta en marcha de un depósito de G.L.P. para distribución(solicitud de autorización para la construcción) el titular lo solicitará sólo ante los Servicios Provinciales.

Cuando se trate del resto de instalaciones y trámites podrá dirigirse a los Servicios Provinciales o a través de los Organismos de Control que actúen en dicho campo reglamentario para realizar el trámite previsto.

También podrán presentarse las comunicaciones o solicitudes en cualquier registro de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas, y de aquellas entidades locales que hubieran suscrito el oportuno convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista en la ley.

Información adicional

Plazo de tramitación o resolución

El plazo máximo que dispone la Administración de la Comunidad Autónoma para resolver las autorizaciones de construcción de instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos destinadas al suministro de instalaciones de distribución por canalización será de tres meses a partir de la fecha de entrada de las solicitudes en el Servicio Provincial hasta la fecha de la notificación de las resoluciones.

Para las comunicaciones de puesta en servicio por nueva instalación o por modificación o ampliación de la instalación, así como para las comunicaciones de bajas y de cambios de titularidad, no procede plazos de resolución, por tratarse de una de las excepciones recogidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, art.42.1.

Efecto del silencio administrativo

En los trámites que requieren autorización para la construcción, el efecto del silencio por falta de resolución y notificación en plazo es negativo (autorización no concedida).

Para los trámites de comunicación el efecto del silencio es positivo. Si presentada la comunicación y realizado el pago de la correspondiente tasa o tarifa, al interesado no se le ha requerido la corrección de defectos de la comunicación, se considerará que la misma se ha practicado válidamente.

Unidad orgánica competente

Dirección General de Promoción Industrial e Innovación.

Documentación a aportar

(Los documentos indicados con * serán obligatorios para cualquier tramitación):

  • (*) Formulario de solicitud (modelo E0003b)

  • (*) Formulario de comunicación (modelo E0003c)

  •  Proyecto técnico

  •  Memoria técnica

  •  Certificado de Dirección de Obra o Dirección Técnica

  •  Certificado de inspección inicial de la instalación

  •  Certificado de instalación

  •  Certificado de depósitos de GLP instalados en azotea

  •  Contrato de mantenimiento de la instalación

  •  Justificante que acredite la titularidad de la instalación para los trámites de baja de instalación

  •  Certificado del inertizado de los depósitos de GLP para los trámites de baja de instalación

Marco legal y Recursos

La puesta en funcionamiento de las instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos están reguladas por:

Recursos

Según legislación vigente.

Última actualización: 16/07/2024

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